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El accidente del trabajador autónomo

Óscar 6 de octubre de 2008 0 comentarios

that hurts

Hace unos días podíamos leer un interesantísimo post de nuestro compañero Comunicación Positiva sobre la cobertura de la contingencia de accidentes de trabajo por parte de los trabajadores autónomos. El enfoque del post, más que acertado, no despeja una incógnita.

Me refiero a que el trabajador autónomo que abona un importe adicional para cubrir los accidentes de trabajo, tiene la obligación de continuar abonando su boletín de autónomo, aunque se encuentre de baja, con lo que siguiendo con el ejemplo de mi compañero, si el autónomo paga mensualmente por su cotización 243,76€ y percibe 490€ del 4 al 20 día desde el accidente y un máximo de 613€ a partir del 21 día desde el accidente, si las matemáticas no me fallan, deberá subsistir, en el mejor de los casos, con 369,24€ al mes.

Entonces hay algo que no me cuadra.

Cómo calcular la cuota de cotización de autónomos a la Seguridad Social

Comunicación Positiva 30 de septiembre de 2008 4 comentarios

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Todos los autónomos saben bien que todos los meses están obligados a pagar una cuota de cotización a la Seguridad Social. Lo que no todo el mundo tiene claro es cómo se calcula y para qué sirve.

Las dichosas cuotas se calculan aplicando el tipo a la base de cotización. Durante el 2008 el tipo de cotización es del 29,80 y la base mínima de cotización es de 817,20 y la base máxima de 3.074,10 euros al mes. Si cruzamos estos datos con la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) en la que está encuadrado, podremos calcular las cuotas que debemos pagar. Andar con la calculadora es absurdo, porque existen multitud de programas que lo hace, así que lo más recomendable es utilizar cualquier calculador de cuota de cotización de trabajadores autónomos (como por ejemplo, este).

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