Estos son los cinco tramos que proponen ATA y UPTA para que los autónomos acerquen la base de cotización a sus ingresos reales

Estos son los cinco tramos que proponen ATA y UPTA para que los autónomos acerquen la base de cotización a sus ingresos reales
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Cada día está más cerca. En las últimas semanas, las dos principales asociaciones de autónomos, ATA y UPTA, han alcanzado una acuerdo para que los autónomos que cotizan a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA) puedan hacerlo por sus ingresos reales en lugar de libremente como ocurre en la actualidad entre la base mínima y la máxima, aunque en algunos supuestos existen bonificaciones en la cuota.

La propuesta se articula en torno a cinco tramos de la siguiente forma:

  • En el primer tramo se sitúan aquellos autónomos que declaran ingresos inferiores al SMI, de 10.302,60 euros en 2018, que pagarán solo 50 euros, tal y como ocurre en la actualidad con la tarifa plana.
  • El segundo tramo comprende a los autónomos con ingresos superiores al SMI y hasta 30.000 euros anuales, que no tendrían que pagar más de cotización al finalizar el año fiscal, con independencia de la base de cotización escogida.
  • El siguiente tramo comprende las declaraciones anuales de entre 30.000 y 40.000 euros anuales que, aunque podrán escoger libremente su base de cotización, cotizarían sobre 14.000 euros anuales, el equivalente a la base del Grupo 1 del Régimen General.
  • El cuarto tramo engloba a los autónomos con rentas comprendidas entre 40.000 y 60.000 euros, donde ATA y UPTA plantean una cotización de 18.000 euros.
  • El último tramo comprende a los autónomos con rentas superiores a los 60.000 euros, para los cuales se plantea una cotización de 24.000 euros.

En los tres últimos tramos, el autónomo podrá cotizar a lo largo del año por la base que elija de forma libre, y regularizaría su situación a final de año. Por ejemplo, un autónomo con ingresos de 35.000 euros anuales y que cotice por la base mínima (de unos 11.192,12 euros al año), tendrá que regularizar su cotización, abonando lo correspondiente sobre una diferencia de base de 2.807 euros (unos 836 euros en función de las circunstancias). Lo mismo ocurrirá para los dos últimos tramos.

A efectos de prestaciones futuras, los autónomos cotizarían sobre la base completa establecida en cada tramo, de manera que, aunque un autónomo optara por cotizar por la base mínima todos los años y hacer posteriormente las correspondientes regularizaciones a la Seguridad Social una vez finalizado el año fiscal, sus prestaciones se calcularían sobre las bases fijadas para cada tramo (14.000, 18.000 y 24.000 euros en los tres últimos tramos).

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Imagen | jarmoluk

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