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Impuestos

Los detalles del Plan Antifraude

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Hablamos días atrás del Plan Antifraude que ha presentado el Gobierno, de la coordinación entre los Organismos de Hacienda y Seguridad Social en la lucha contra la economía sumergida y las malas prácticas empresariales que se escapaban, hasta ahora, del control de los mismos y que pretenden, de paso, aumentar la recaudación del Estado.

Este Plan se presentó la semana pasada y centra sus medidas en un aumento del control de determinadas actividades y situaciones que han supuesto una merma en las recaudación de impuestos y cuotas de Seguridad Socia y que, que hasta ahora en la mayor parte de los casos, se escapaban al control de los sistemas de inspección de estos Organismos.

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La deducción de los seguros en los autónomos

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Hemos recibido una consulta de un amable lector que nos plantea sus dudas sobre la deducción de sus seguros personales, como autónomo.

Soy autónomo. ¿Puedo deducir como gasto el coste de mis seguros privados? Los tengo de accidentes y de vida. Entiendo que el correspondiente al coche que uso para mi trabajo si puedo hacerlo..

La deducción del seguro del coche se puede hacer siempre y cuando el coche esté afecto al 100% para la actividad. En caso de que no haya afectación completa la deducción no es posible.

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Comprar, leasing o renting (II). Aspectos fiscales

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Como continuación a nuestro post anterior vamos a abordar este mismo aspecto desde el punto de vista fiscal.

Dentro de las opciones que disponemos a la hora de adquirir un elemento de inmovilizado a través de una financiación, hay dos aspectos fiscales a tener en cuenta, el IVA y el Impuesto de Sociedades o el IRPF (en función de que el contribuyente sea una sociedad mercantil o un autónomo).

Lógicamente, lo primero que tenemos que tener en cuenta, en el caso de los autónomos, es que el elemento debe producirse la afectación del bien (total o parcial).

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¿Tu empresa da beneficios en 2009? Cuidado con los pagos fraccionados

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Si tu sociedad es una de las pocas que va a dar beneficios en el ejercicio 2009 y obtienes una cuota íntegra positiva en el impuesto de sociedades que se va a presentar en el mes de julio, debes plantearte ahora qué mecanismo vas a seguir para realizar los pagos fraccionados al impuesto de sociedades.

Recordemos que los sujetos pasivos del impuesto de sociedades tienen la obligación de realizar pagos a cuenta por este impuesto, tal y como define el Art 45 de la LIS. Estos pagos fraccionados se realizan en abril, octubre y diciembre, pero se puede considerar el ejercicio en curso o los ejercicios anteriores para calcular los pagos fraccionados. La empresa puede optar por dos formas distintas para realizar los pagos fraccionados del impuesto de sociedades:

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Aparece la Agencia Tributaria de Andalucía

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agencia tributaria andalucia
Dentro de los distintos estatutos de autonomía, la mayoría de ellos contemplan la transferencia de importantes impuestos autonómicos como son por ejemplo el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. No debemos olvidar tampoco que en las cesiones de impuestos existen dos vertientes diferenciadas:

  • Gestión plena y total de impuesto por parte de la autonomía.
  • Transferencias sólo económicas y potestad de introducir modulaciones recaudatorias, pero no se puede gestionar ni inspeccionar el tributo, como el caso del IRPF.

Hasta ahora, las CCAA gestionan sus tributos con las distintas Consejerías de Economía, pero dado que se van a aumentar las transferencias impositivas, van a ir apareciendo por las distintas autonomías, unas nuevas Agencias Tributarias Autonómicas, que cubrirán la figura de gestión, inspección y recaudación de los tributos autonómicos así como aquellos que se les encomiende la labor de gestión a nivel municipal y supramunicipal.

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Modificación en el modelo 347 para el 2010

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modelo 347
El año pasado, ya se incluyó la obligación de incluir en la declaración de operaciones con terceras personas, modelo 347, los pagos en metálico recibidos por cuantía igual o superior a 6.000 euros.

Hecha la ley, hecha la trampa, y evitar esta comunicación, era tan simple como pagar menos de 6.000 euros en efectivo y diferir el resto de pagos a siguientes ejercicios. Dado que se han detectado ocultaciones en este sentido, la Agencia Tributaria ha modificado la obligación de declarar los pagos recibidos en metálico superiores a 6.000 euros en los siguientes términos:

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¿Es el momento de abandonar la tributación en módulos?

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empresas en modulos
La tributación en el IRPF mediante estimación objetiva o módulos es la forma habitual de tributación de muchos autónomos en sectores. Existe un gran nicho de sectores que la inmensa mayoría tributan por este sistema como pueden ser transportistas autónomos, hostelería de pequeña dimensión y por supuesto agricultura.

En el caso agrícola, dadas las caidas de precio de muchos productos, bastantes agricultores se encuentran con explotaciones en pérdidas reales pero con ingresos tributarios estimados, al igual que les puede pasar a muchos otros sectores, como comercio al por menor o trabajos de albañileria.

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El impuesto revolucionario de las Cámaras de Comercio seguirá en vigor

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camaras comercio
Hace ha tiempo, me quejaba en estas páginas del Recurso Cameral Permamente, como cuota que pagan empresas y profesionales a las Cámaras de Comercio para que se puedan financiar parcialmente. Este “pseudoimpuesto obligatorio” estaba previsto que desapareciera del mapa de tributos dejando un aire de voluntariedad para las empresas que libremente quieran acogerse a los beneficios que pueden proporcionar las Cámaras.

El anteproyecto de Ley de Economía sostenible, así tenía previsto que se fijara la exacción de este impuesto revolucionario, pero parace ser que esa voluntariedad ha desaparecido del anteproyecto y seguirá siendo una cuota obligatoria para todas las empresas.

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¿Se deben diferir facturas para el próximo ejercicio?

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facturas cambiadas de año
A la hora de ajustar el cierre de ejercicio, muchas empresas ponen en práctica un mecanismo para diferir el efecto impositivo trasladando la emisión de facturas de diciembre o del último trimestre al año siguiente. Esta salida de factura genera una menor base imponible en IRPF o en el impuesto de sociedades.

Estos mecanismos no generan ningún tipo de ahorro fiscal, dado que sólo se traslada el ingreso por la venta o prestación de servicios al siguiente año, con lo cual no es una buena operación, desde el punto que no existe dicho ahorro; sin olvidar tampoco que en el caso de prestaciones de servicios, estas prácticas son suceptibles de sanción. Un ejemplo real para que nos situemos.

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AEAT: disponible el portal de declaraciones informativas 2009

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Nos avisa Xtrex que la Agencia Tributaria ya tiene disponible el portal de información de las declaraciones informativas del ejercicio 2009. Este portal por ahora carece del software necesario para tramitar la presentación de los distintos modelos, sin olvidar claro está que se tienen que introducir novedades legislativas importantes en la mayoría de los modelos.

Para este año, como novedades importantes a tener en cuenta tenemos la modificación en el tratamiento de declaraciones complementarias y sustitutivas para todas las informativas que se presenten en papel, la inclusión del modelo 159, para comunicar los consumos eléctricos por parte de las empresas suministraodres de energía y la modificación de la obligatoriedad de firma electrónica para presentar de manera telemática el modelo 111 en grandes empresas.

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