Autónomos y pymes, atentos: así queda el calendario de impuestos en 2024

Autónomos y pymes, atentos: así queda el calendario de impuestos en 2024
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Como cada año Hacienda facilita a los autónomos y pymes el calendario de impuestos.  El calendario del contribuyente de 2024 es una hoja de ruta para evitar sanciones o recargos. Es importante que estemos al tanto de las obligaciones fiscales.

En el calendario aparecen los diferentes modelos tributarios, los meses y los plazos para presentarlos. Vamos a hacer un repaso:

Enero de 2024

Hasta el 2 de enero

  • Noviembre 2023. Autoliquidación del IVA: modelo 303.
  • Renuncia al régimen especial del criterio de caja para 2024, 2025 y 2026: modelos 036/037.

Hasta el 22 de enero

  • Comunicación de incorporaciones en el mes de diciembre, régimen especial del grupo de entidades: modelo 039.
  • Presentación del modelo 111: modelo que autónomos y negocios utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado durante el último trimestre de 2023 a trabajadores, a otros profesionales o a empresarios.
  • Para declarar a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos, hay que presentar el modelo 115 y declarar el último trimestre de 2023 se paga alquiler por un local comercial donde se desarrolla la actividad.
  • Para pagar los intereses de préstamos, acciones, bonos, arrendamientos de negocios hay que presentar el modelo 123.

Hasta el 30 de enero

  • Aquellos que tengan la Renta fraccionada, deberán presentar antes del 30 de enero los modelos 130 o 131 para abonar lo correspondiente al cuarto trimestre de 2023.
  • A través de del modelo 303, los autónomos y empresarios tendrán que realizar la autoliquidación del IVA del cuarto y último trimestre de 2023.
  • El modelo 349 se utiliza para que los autónomos que realizan operaciones intracomunitarias dan detalles de las mismas a la Agencia Tributaria. Es un modelo informativo.
  • En cuanto al modelo 390 es el que se hace para la declaración recapitulativa de todo el año anterior en materia de IVA.

Hasta el 31 de enero

  • El modelo 165 es la declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación
  • Para la declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos hay que presentar el modelo 179.
  • Los rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos se presentan a través del modelo 180 como un resumen anual.
  • Donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas se harán a través del modelo 182.
  • El modelo 184 sirve para declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas.
  • Las rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez, se hará a través del modelo 188.
  • El modelo 190 recoge los rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de rentas. Resumen anual.
  • Los gastos en guardería se reflejan en el modelo 233.
  • La declaración de premios de lotería en el modelo 270.
  • El modelo anual de planes de pensiones, fondos de pensiones, planes de previsión asegurados o de previsión social empresarial, seguros de dependencia, etc. se reflejan en el modelo 345.

Febrero 2024

Hasta el 20 de febrero

  • Fecha límite para autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a enero de 2024. El modelo 111 es para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que declaran a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • El impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables es la primera vez que se presenta. Corresponde a enero de 2024 y el modelo es el 592.

Hasta el 29 de febrero

  • La declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo se hará a través del modelo 280.
  • Los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a enero de 2024, con el modelo 303.
  • La declaración anual de operaciones con terceros referente al ejercicio 2023 se hace a través del modelo 347.

Marzo de 2024

Hasta el 20 de marzo

  • Fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a febrero de 2024. El modelo 111 es para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Aquellos que realizaron operaciones intracomunitarias en febrero deberán volver a presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias en febrero de 2024 a través del modelo 349.
  • El Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Correspondiente a febrero de 2024 se hará a través del modelo 592.

Abril de 2024

Hasta el 1 de abril

  • La declaración informativa de valores, seguros y rentas correspondiente al ejercicio 2022, se realiza a través del modelo 189.
  • Los trabajadores por cuenta propia deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a febrero de 2024, modelo 303.
  • La declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero se presenta con el modelo 720.

Desde el 3 de abril hasta el 1 de julio

El 3 de abril comienza el plazo para presentar por internet las declaraciones de la renta y el patrimonio. El plazo termina el 1 de julio.

Hasta el 22 de abril

  • Fecha límite para los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a marzo de 2024. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Primeros pagos fraccionados de la Renta del primer trimestre de 2024. A través de modelo 131 para estimación directa y del 131 para estimación objetiva.
  • Pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades, si se fracciona. Su presentación es obligatoria para las empresas cuyo volumen de operaciones haya superado la cantidad de 6.010.121,04 euros anuales en el ejercicio anterior, 2023, independientemente de si obtuvieron beneficios o no. El modelo es 202.
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondiente a marzo de 2024. Modelo 349.
  • Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Declaración mensual correspondiente a marzo de 2024 y declaración trimestral correspondiente al primer trimestre del año. Modelo 592.

Hasta el 30 de abril

  • Los trabajadores por cuenta propia deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a marzo de 2024. Modelo 303.

Mayo de 2024

Desde el 7 de mayo y hasta el 1 de julio

La Agencia Tributaria habilita el plazo para presentar la declaración de Renta 2023 por vía telefónica.

Hasta el 20 de mayo

  • Fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a abril de 2024. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a abril de 2024. Modelo 303.
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondiente a abril de 2024. Modelo 349.
  • Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Corresponde a abril de 2024. Modelo 592.

Junio de 2024

Desde el 3 de junio y hasta el 1 de julio

El 3 de junio de 2024 la Agencia Tributaria está lista para todos los contribuyentes que deseen presentar la Renta en sus oficinas.

Hasta el 20 de junio

  • Fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a mayo de 2024. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, correspondiente a mayo de 2024. Modelo 349.
  • Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Corresponde a mayo de 2024. Modelo 592.

Hasta el 26 de junio

Fecha límite para presentar la declaración anual de la Renta y Patrimonio 2023 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.

Julio de 2024

Hasta el 1 de julio

  • El 1 de julio es la finalización del plazo para presentar la declaración de la Renta del ejercicio 2023, con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación del primer plazo.
  • Los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a mayo de 2024. Modelo 303.

Hasta el 22 de julio

  • Fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a junio de 2024. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Efectuar los pagos fraccionados de Renta a través del modelo 130 (estimación directa) y 131 (módulos).
  • Autoliquidación del IVA del segundo trimestre de 2024. Modelo 303.
  • Declaración-liquidación no periódica sobre el segundo trimestre de 2024. Modelo 304.
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Hay que presentar el modelo 349 referente a junio de 2024 y al segundo trimestre de 2024.
  • Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Declaración mensual correspondiente a junio de 2024 y declaración trimestral correspondiente al segundo trimestre del año. Modelo 592.

Hasta el 25 de julio

  • Es obligatorio entregar los modelos 200, 206 o 220 para todas las sociedades cuyo periodo impositivo coincida con el año natural.
  • Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del régimen económico y fiscal de Canarias y otras ayudas de estado por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente. Modelo 282.

Hasta el 30 de julio

  • Los trabajadores por cuenta propia deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a junio de 2024. Modelo 303.

Agosto de 2024

Hasta el 20 de agosto

  • Fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a julio de 2024. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Corresponde a julio de 2024. Modelo 592.

Hasta el 30 de agosto

  • Los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a julio de 2024. Modelo 303.

Septiembre de 2024

Hasta el 20 de septiembre

  • Fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a agosto de 2024. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Correspondiente a los meses de julio y agosto de 2024. Modelo 349.
  • Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Correspondiente a agosto de 2024. Modelo 592.

Hasta el 30 de septiembre

  • Los trabajadores por cuenta propia deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a agosto de 2024. Modelo 303.
  • Solicitud de devolución del IVA soportado igual o superior a 400 euros. Correspondiente al ejercicio 2023. Modelos 360 y 361.

Octubre de 2024

Hasta el 21 de octubre

  • Fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a septiembre de 2024. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Efectuar los pagos fraccionados de Renta a través del modelo 130 (estimación directa) y 131 (módulos).
  • Pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades, si se fracciona. Modelo 202.
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Hay que presentar el modelo 349 referente a septiembre de 2024 y al tercer trimestre de 2024. Modelo 349.
  • Autoliquidación del IVA del tercer trimestre de 2024. Modelo 303.
  • Declaración-liquidación no periódica sobre el tercer trimestre de 2024. Modelo 309.
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondiente a septiembre de 2024. Modelo 349.
  • Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Declaración mensual correspondiente a septiembre de 2024 y declaración trimestral correspondiente al tercer trimestre del año. Modelo 592.

Hasta el 30 de octubre

  • Los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a septiembre de 2024. Modelo 303.

Hasta el 31 de octubre

  • Declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables. Modelo 235.
  • Solicitud de inclusión para el año 2025: CCT (Cuenta Corriente Tributaria): la renuncia se debe formular en el modelo de “Solicitud de inclusión/comunicación de renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria”.

Noviembre de 2024

Hasta el 5 de noviembre

Los autónomos que hayan fraccionado el pago de la declaración de la Renta, deberán abonar la segunda y última cuota el 5 de noviembre de 2024.

Hasta el 20 de noviembre

  • Fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a octubre de 2024. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, correspondiente a octubre de 2024. Modelo 349.
  • Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Corresponde a octubre de 2024. Modelo 592.

Diciembre de 2024

Hasta el 2 de diciembre

  • Los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a octubre de 2024. Modelo 303.

Hasta el 20 de diciembre

  • Fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a noviembre de 2024. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, correspondiente a noviembre de 2024. Modelo 349.
  • Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Corresponde a noviembre de 2024. Modelo 592.
  • Pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades, si se fracciona. Modelo 202.
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