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Las vacaciones durante periodos de baja no se perderán nunca con la Ley de Igualdad

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El anteproyecto de Ley de Igualdad de Género que está preparando el departamento de la Ministra Pajín contempla una modificación importante en el Estatuto de los Trabajadores al modificar el Art 38.3 para que las vacaciones durante los periodos de baja no se pierdan y se puedan disfrutar a posterior.

Esta modificación equipara las situaciones de incapacidad temporal con las suspensiones de contrato por maternidad o paternidad, de tal manera que si un trabajador que tiene fechadas sus vacaciones durante el mes de agosto, está en baja por IT durante ese periodo, los días no disfrutados por vacaciones serán recuperables incluso al año natural siguiente.

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Despidos nulos e inhumanos

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Una sentencia de la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) declara nulo el despido de un trabajador por sufrir cáncer, considerándolo discrimatorio, y condena a la empresa a la inmediata readmisión del perjudicado y al abono de los salarios dejados de percibir

Esta es la primera sentencia en España sobre este tipo de casos. La misma sienta jurisprudencia “menor” y tiene una gran trascendencia ya que según el abogado del trabajador “le corta el paso a una práctica que ha empezado a ser recurrente y ha crecido en torno al pescuezo de los trabajadores, que era despedir por estar en incapacidad temporal”.

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El enchufe cancerígeno

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enchufe
En esta entrada no voy a hablar de ninguna enfermedad laboral, pero casi. Todos hemos visto algún caso de este tipo de tumor, que si no se extirpa a tiempo puede llegar a dañar algunos órganos, o incluso provocar la muerte.

Como en algunas enfermedades infecciosas, la fuente es externa, algún conocido, cliente o familiar de cliente introduce en nuestra empresa a este agente patógeno. El enchufado.

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Abuso en las bajas médicas

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El otro día en un artículo mío en esta tribuna me lamentaba de las dificultades que tenemos los autónomos y los empresarios para ponernos enfermos, y al contrario lo fácil que le resulta a una persona asalariada ponerse enfermo y estar de baja. Por supuesto ni negaba el derecho de cualquier ser humano a estar enfermo, faltaría más, ni decía que teóricamente el empresario o autónomo no pudiese enfermar como cualquiera, pero decía que en la práctica no era así, hoy quiero dar una vuelta de tuerca más.

Hoy quiero (como ya deje entrever mi intención en ese mismo artículo) quejarme y denunciar el abuso que en muchas ocasiones se realiza de las bajas médicas, de la falta de control riguroso que existe al respecto y la indefensión que eso genera en muchos empresarios, pues ven como el empleado puede utilizar mil y una tretas para ausentarse el empleo, y una cosa es cuando una persona está realmente enferma, y otra muy distinta la artimaña de organizarse el calendario con los comodines de las bajas.

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Autónomos y empresarios: prohibido enfermar

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Hospital

El autónomo trabaja, el empresario trabaja, y el empleado descansa. Esta contundente frase me sirve para poner sobre la mesa el tema de las oportunidades de tomarse unos días de descanso y de reposo cuando lo necesitan los empresarios y los autónomos, y en las mismas posibilidades de los empleados.

Por supuesto no voy a entrar aquí a tratar las posibilidades legales de ponerse enfermo y por ende estar de baja, pues por supuesto la salud humana no sabe en que profesión trabajamos y si nos hemos de poner enfermos nos pondremos igual. Tampoco voy a entrar en la teoría esa que dice que el empresario o el autónomo si no se queda en casa cuando enferma es porque no quiere, aquí voy a entrar a exponer lo que sucede en la práctica.

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Próxima prestación para padres trabajadores al cuidado de menores con enfermedades graves

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El Ministerio de Trabajo e Inmigración, mediante Valeriano Gómez, parece haber concretado la enmienda que se incluirá en el articulado de los futuros presupuestos. Con este punto la Seguridad Social pagará una prestación a los padres trabajadores que deban dedicarse al cuidado de menores (hijos o acogidos) por cualquier enfermedad considerada grave con especial referencia al cáncer. Esta prestación se daría durante el tiempo de hospitalización y se extendería a lo largo del tratamiento de la enfermedad.

La ayuda tendría una naturaleza de duración temporal y consistirá en el 100% de la base reguladora correspondiente a la prestación de baja laboral derivada de contingencias profesionales. Será proporcional a la reducción de la jornada de trabajo de uno de los padres teniendo que ser al menos de un 50% de la misma.

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El coste de los no enfermos

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Remo publicó un post hace unos días referente a la posibilidad de que se afronte una reforma legislativa en relación a las bajas laborales. Ahora, en relación con este tema, aparece un estudio realizado por Aon Consulting que concluye que, en España, se pierden unas 223 millones de horas de trabajo al año por ausencias no justificadas. El mismo estudio estima que esas horas perdidas suponen un coste para las empresas de 9,1 billones de euros.

El estudio fue realizado entre más de 7.500 trabajadores en Alemania, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Holanda, Noruega, Reino Unido y Suiza. En España, el 22% de los trabajadores encuestados afirman que la última vez que se tomaron un día de baja fue por motivos personales, eso representaría cerca de 28 millones de días al año de ausencias laborales no justificadas. Además, otro 13% sostiene que se tomó su último día de baja para atender a algún miembro de su familia.

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Reforma de las bajas temporales, ahora que le duele al Estado

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En estas páginas me he quejado varias veces del diseño tan malo que tienen las bajas por enfermedad o las prestaciones por incapacidad temporal, tanto para la empresa como para el trabajador. Este diseño tiene muchos flecos sueltos que hacen que la empresa vea cómo los costes se disparan en las bajas por enfermedad y cómo el trabajador ve mermados a la vez sus ingresos.

Este problema no es nuevo y muchas empresas sufrimos a diario abusos con las bajas por enfermedad, retrasos continuados del sistema sanitario que alrga más aún los plazos de recuperación de los trabajadores y la sepiterna sombra del fraude en estas bajas laborales. Pero por casualidades de la vida, hasta ahora, el Ejecutivo no ha hablado de reformar el sistema de bajas por incapacidad temporal. Esta reforma la llevamos pidiendo mucho tiempo desde estas páginas.

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La Seguridad Social hará un mayor control sobre el pago de las bajas

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La Seguridad Social va a someter a control la compensación sobre las cotizaciones, que hacen las empresas por los pagos que en concepto de Incapacidad Temporal hacen a sus trabajadores como colaboración obligatoria con la Seguridad Social. En caso de compensaciones indebidas se reclamará su reintegro a las empresas o al trabajador, si es responsable de cobrar una prestación que no le corresponde.

Esta actuación se denomina pago delegado, pues corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), al Instituto Social de la Marina (ISM) y a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales hacer frente a la baja a partir de los 15 primeros días y no a las empresas que corren con el coste de la IT a su cargo hasta ese momento. Para evitar perjuicios a los trabajadores cuando caen enfermos o se accidentan, las empresas pagan la prestación de IT correspondiente y luego lo descuentan de sus cotizaciones, informa el Ministerio de Trabajo e Inmigración en un comunicado.

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Trabajar estando enfermo

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Según un estudio de Randstad, el 70% de los trabajadores acude a su puesto de trabajo estando enfermo. Los motivos clave, para trabajar enfermo; sobrecarga de trabajo (45%) y temor a perder el empleo (27%). Un 8% de los trabajadores recurre al teletrabajo si está enfermo y sólo un 20% dedica el tiempo a descansar y recuperarse.

Estos datos de España, son ligeramente superiores a las cifras que presentan los trabajadores del resto del mundo, en el que un 63% de ellos si acuden al trabajo con problemas de salud. En el lado positivio, destaca Finlandia, dado que el 50% de los trabajadores no trabaja cuando está convaleciente. En esta tesitura, las empresas debemos plantearnos varios aspectos:

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