
El anteproyecto de Ley de Igualdad de Género que está preparando el departamento de la Ministra Pajín contempla una modificación importante en el Estatuto de los Trabajadores al modificar el Art 38.3 para que las vacaciones durante los periodos de baja no se pierdan y se puedan disfrutar a posterior.
Esta modificación equipara las situaciones de incapacidad temporal con las suspensiones de contrato por maternidad o paternidad, de tal manera que si un trabajador que tiene fechadas sus vacaciones durante el mes de agosto, está en baja por IT durante ese periodo, los días no disfrutados por vacaciones serán recuperables incluso al año natural siguiente.







