Tag: trabajador
¿Contratos temporales o indefinidos?
31 julio 2008
La pregunta del millón de dólares, porque claro, ambos tienen algunas ventajas, y muchos inconvenientes. En primer lugar y refrescando un poco de legislación laboral, el sistema actual de contratación de trabajadores se articula de la siguiente forma:
- Contratos temporales, de los cuales están limitados a dos como máximo y una duración máxima de la relación laboral de un año con carácter temporal
- Contratos de obra o servicio, que son especificos para dicha obra o servicio, convirtiendose autómaticamente en contratos indefinidos si se demuestra que no existe una obra determinada, y se está desempeñando por el trabajador un trabajo estable.
- Otros tipos de contratos temporales como formación, sustitución o relevo, prácticas y formación, que tienen una aplicación directa de sustitución de un trabajador por excedencia, baja por IT, o incluso la incorporación mediante prácticas en la empresa.
- Contrato indefinido, por el cual se supone que la relación laboral no se romperá en el tiempo.
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Levantar el pie del acelerador
30 julio 2008

Y lo haremos literalmente, según palabras pronunciadas en el día de ayer por Miguel Sebastián, Ministro de Industria, Turismo y Comercio, con el objeto de reducir el consumo de petróleo y por lo tanto la dependencia económica de nuestro país de este carburante.
Para ello propone una serie de medidas, entre las cuales destaca sobre todas la siguiente:
“Para fomentar una conducción eficiente en términos de consumo energético se presentará, en el plazo de 3 meses, una propuesta para reducir los límites de velocidad en un 20% de media en el acceso a las grandes ciudades y su circunvalación y en las vías de gran capacidad”.
Aunque a priori, dicha medida puede parecer que no tiene una influencia negativa para los empresarios y trabajadores (en principio va a suponer un ahorro de costes, pues van a necesitar menos gasolina o gasoil para recorrer el mismo trayecto), no es cierto y sí que les afecta.
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¿Puedo despedir a un trabajador que se encuentra de baja?
28 junio 2008

El otro día comentaba con un compañero, cómo la televisión distorsiona la realidad. Hacíamos referencia a un capítulo de la serie Hospital Central, que como todo el mundo sabe, sigue escrupulosamente la realidad de un hospital en la que un neurocirujano lo mismo te cura un catarro que te opera de una amigdalitis.
Centrémonos, el caso es que uno de sus pacientes, sino recuerdo mal, era albañil de la construcción, y manifestaba tras tener un accidente, aquello de “qué bien, gracias al accidente estoy de baja y no me pueden despedir” a lo que su mujer respondía afirmativamente con una sonrisa en los labios al saber que la economía familiar no se iba a ver perjudicada por una extinción contractual.
Pues señores y señoras, nada más lejos de la realidad.
Sí, en la actualidad se puede despedir a un empleado estando de baja, tanto por enfermedad como por accidente laboral. Ahora bien, la casuística es enorme, y podremos estar ante un despido procedente, improcedente o nulo, dependiendo de todas las circunstancias y causas que lo rodeen.
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¿Crisis? ¡Baja el sueldo a tus empleados!
19 junio 2008

La realidad a veces supera a la ficción.
¿Quién ha dicho que tus empleados no están a muerte con la empresa? ¿Les has preguntado si estarían dispuestos a reducirse el sueldo durante esta época de crisis y hasta que las cosas mejoren?
A lo mejor os sorprendéis, y al preguntarlo obtenéis un rotundo sí por respuesta.
Quería haceros esta reflexión porque ha sido una de las consultas que he tenido en los últimos días, exactamente venía de una empresa de construcción que ante el azote de la crisis había llegado al acuerdo con sus empleados para reducir el salario y así poder mantener el empleo.
La única pega que le encuentro a este tipo de acuerdos, es obviamente, legal. En cuanto a la voluntad y capacidad de las partes no hay duda de que quieren llegar a ese acuerdo, y que actúan de buena fe, pero legalmente, nuestro Estatuto de los Trabajadores protege especialmente al empleado en estas situaciones, pues no son habituales y siempre se puede ver la mano oscura del empresario forzando a sus trabajadores a aceptar dicha disminución salarial so pena de ser despedido.
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Love is in the office: Relaciones en la oficina
09 junio 2008
¿Quién no recuerda el televisivo beso entre House y Cameron? Está claro que ellos sí están de acuerdo en mantener relaciones sentimentales entre compañeros, pero y vosotros ¿qué opináis?
¿Relaciones sentimentales entre compañeros sí o no? ¡Se abre la votación!
Según la web de CBjobs.es, que a su vez se hace eco de una encuesta del CIS, el 13% de los españoles declara haber conocido a su pareja en el entorno laboral, y el lugar de trabajo ocupa el cuarto puesto en el ránking de situaciones en las que los encuestados afirmaron haber conocido a su media naranja, por encima de discotecas y otros lugares de ocio (9%).
Si lo pensamos bien en cierta forma es normal, pues la jornada laboral en España es en algunos casos extensiva, se alarga más de lo necesario, y además se ve interrumpida por la “hora de la comida/siesta” en la que muchos compañeros de trabajo, aprovechan para comer juntos y hablar de todo aquello que les une (un mal jefe, una compañera envidiosa, la nómina del mes, cuchicheos varios, etc…) llegando en muchas ocasiones a establecer situaciones de confianza y complicidad que pueden desembocar en affaires amorosos. No en vano, según la citada encuesta, atención solter@s, se liga más en el trabajo que en una discoteca.
Pero ahora bien, ¿puede el empresario hacer algo para evitar esta situación? ¿es deseable?
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Si tus ventas caen, recorta gastos (III)
13 mayo 2008
Para determinar como podemos recortar los gastos de personal, primero tenemos que analizar cual es el origen y destino de todos estos gastos. En este capítulo encontramos:
- Salario; o retribución bruta que el trabajador recibe. Mucho cuidado con este punto, porque se considera la retribución bruta, previa a los descuentos de IRPF y seguridad social que le correspondan al trabajador, no el líquido que realmente le abonamos.
- Seguridad social a cargo de la empresa; Parte que le corresponde pagar a la empresa a la Seguridad Social por tener un trabajador en plantilla. Para que nos hagamos una idea aproximada, el coste de la misma va en función de la base de cotización que tenga el trabajador y suele ser aproximadamente el 33% más del salario bruto que reciba. Ojo con este porcentaje, que es totalmente orientativo, dado que para contratos bonificados o a partir de la base máxima este porcentaje varía sustancialmente.
- Gastos originados por la seguridad del trabajador; tales como los Equipos de Protección Individual (EPI´s), reconocimientos médicos, seguros de convenio colectivo, redacción y cumplimiento del Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
Tal y como se expone, las dos partidas principales de gastos son el salario por un lado y la seguridad social a cargo de la empresa por otro. En el punto del salario, tenemos unos mínimos a cumplir por ley que son los que marcan los respectivos convenios colectivos de cada actividad y provincia, para cada categoria y puesto de trabajo.
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Subvenciones para desempleados, beneficio para las empresas
27 abril 2008
No todo es negativo en el RDL 2/2.008 de Medidas de Impulso a la Actividad Económica. Este decreto aprobado por el Gobierno, presenta unas medidas que favorecen la orientación, formación profesional e inserción laboral. Este decreto lanza dos nuevas subvenciones que van orientadas en las siguientes líneas:
- Subvención para el proceso de la búsqueda de empleo.
- Subvención para facilitar la movilidad geográfica.
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¿Puedes vigilar a tus empleados con cámaras?
08 abril 2008

Imagino que muchos de vosotros os habréis planteado esta pregunta al conocer la semana pasada que algunas cadenas de supermercados, concretamente Lidl y Plus, instalaban cámaras secretas en sus centros de trabajo en Alemania para controlar a sus empleados, conocer intimidades, ideas políticas, tendencias sexuales, afinidades con el resto de compañeros, incluso cuantas veces iban al baño, confeccionando con dicha información minuciosos informes sobre cada uno de sus trabajadores.
Bien, obviamente en España no es posible instalar cámaras con esos objetivos, e imagino que en Alemania tampoco, visto el revuelo que se ha levantado con la publicación de la noticia.
Pero, sí que puedes vigilar a tus empleados, con objetivos relacionados con las facultades de control del correcto desempeño de las tareas por el trabajador, siempre y cuando cumplas unos requisitos legales y de respeto a los derechos fundamentales.
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¿Debes pagar las visitas al médico de tus trabajadores?
27 marzo 2008

La respuesta a la pregunta que titula este post no puede ser más ambigua, porque como todos sabéis en Derecho no siempre dos más dos suman cuatro, existen interpretaciones, o diferentes normativas aplicables, y este caso es uno de ellos.
Así pues, pagar el tiempo de ausencia de nuestros trabajadores con motivo de sus visitas al médico dependerá de dos factores.
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Trabajar es malo
22 marzo 2008
Si la anterior frase nos suena a tópico (muchos pensarán que no trabajar es igual de malo) ahora podemos afirmar con rigor científico que trabajar mucho es malo.
Según un estudio que tiene por título “Perspectiva de género en el análisis de la relación entre largas jornadas laborales, salud y percepción del propio estado de salud”, elaborado por científicos de la Agencia de Salud Pública de Barcelona, trabajar más de 40 horas semanales puede perjudicar seriamente a la salud.
Además, las implicaciones de las largas jornadas laborales influyen de forma diferente en la salud de hombres y mujeres. Mientras que para los primeros una mayor jornada supone dormir un número de horas insuficientes, para las segundas, la prolongación de la jornada laboral conlleva dormir poco, insatisfacción laboral, síntomas ansioso depresivos, mayor probabilidad de fumar, hipertensión y no realizar ejercicio en el tiempo libre.
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