Un reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha declarado que el hecho de que un trabajador lleve drogas al lugar de trabajo no es motivo suficiente para su despido, siempre que no “haga uso de ellas”. Al tratarse de mera tenencia de estupefacientes, esta conducta no es lo suficientemente grave como para imponer al trabajador una sanción que suponga su despido.
En esta caso, la empresa sancionó al trabajador con el despido tras haber sido detenido por la Guardia Civil en el centro de trabajo por la comisión de un presunto delito contra la salud pública. En dicha detención se evidenció que el empleado tenía en su poder cocaína y 2.010 euros. La empresa consideró que, con independencia de que dicha droga fuera para su consumo o para venderla a terceros, este hecho violaba la buena fe contractual y era motivo suficiente para despedir al empleado.



