Es muy importante tener en cuante los datos que debe contener un pagaré, ya que la falta de alguno de ellos puede anular su validez, según sentencia del Tribunal Supremo que ha dictaminado la nulidad de un pagaré que no llevaba incorporado el lugar en que la deuda debía ser pagada.
La Ley Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque en su artículo 94 determina los requisitos necesarios para que el pagaré constituya un título formal y una promesa efectiva de pago. El artículo 95 sanciona la falta de alguno de ellos con la descalificación del título.

