El regateo en la indemnización por despido improcedente

El regateo en la indemnización por despido improcedente
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Esta mañana me he quedado sorprendido por una práctica que, aunque ya la conocía (e imagino que todos vosotros), no sabía que se hubiese puesto tan de moda. Hablo del “regateo” a la hora de pagar la indemnización por despido improcedente.

Como ya sabemos, el importe de la indemnización por despido tiene unos límites mínimos prefijados por la ley y el propio contrato de trabajo que exista entre empresa y trabajador. El modus operandi es tan simple como pegarse un farol jugando al póker para disminuir sustancialmente el´importe a pagar por esta indemnización. Veamos:

Última nomina bruta de 1.350 euros mensuales. Se decide despedir de forma improcedente a un trabajado a mediados de mes que tiene pendiente de disfrutar quince días de vacaciones, la nómina de los quince días que han transcurrido en el mes y le corresponde una indemnización de 180 días al llevar cuatro años en la empresa.

En total, en el momento del despido, le correspondería cobrar 1.350 euros entre nómina y vacaciones y 8.100 euros de indemnización. En total, 9.450 euros. Pero en lugar de intentar recurrir a la legislación vigente para argumentar un despido por causas económicas, se realiza un método perverso de regateo.

En primer lugar, no se ofrece indemnización ninguna o irrisoria, contando siempre con la precariedad económica del trabajador y la necesidad de cobrar sus haberes. Supongamos, que se ofrecen 2.000 euros para el caso expuesto. A la hora de presentar la carta de finiquito, se liquidan 4.000 euros, equivalente al cálculo de 15 días de indemnización y la nómina pendiente.

Si el trabajador no acepta, sabe que se expone a un procedimiento laboral largo, pero que lo deja sin un duro en ese tiempo, más aún si existe consignación judicial del importe a tanto alzado. En definitiva, la mayoría de trabajores aceptan esa merma en las indemnizaciones que corresponden entre le 40%-50% del importe total que deberían recibir.

No se puede compartir esta práctica bajo ningún concepto porque si la empresa va mal, tiene medios legales para moderar la indemnización por despido a pagar y si va bien, lo único que está haciendo es aprovecharse de las dificultades económicas ajenas para aumentar sus beneficios. Malas prácticas desde luego y muy criticables.

Más Información | Estatuto de los Trabajadores
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Imagen | Unhindered by Talent

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