Formas empresariales

Formas empresariales
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Una actividad económica puede desarrollarse como persona física (autónomo), o como sociedad. En este caso, nuestro ordenamiento jurídico nos brinda una serie de opciones a tener en cuenta de modo que formemos el tipo de sociedad más ventajosa para nuestros intereses.

A grandes rasgos, éstas son las formas empresariales que puede adoptar una sociedad en España. Comunidad de Bienes. Se trata de un contrato societario en que la propiedad de una cosa o un derecho pertenece a varias personas, llamadas comuneros, que ostentan la propiedad de una cuota idéntica.

Sociedad Civil. Es un contrato mediante el que varias personas ponen en común un capital para obtener beneficios y repartirlo entre ellos.

Sociedad Cooperativa. Es una sociedad capitalista constituida por personas que se asocian para realizar actividades empresariales que cubran sus propias necesidades económicas y sociales.

Sociedad Colectiva. Es una sociedad personalista que funciona en nombre de todos los socios con una responsabilidad ilimitada y solidaria.

Sociedad Laboral. Se trata de una sociedad anónima o de responsabilidad limitada cuyo capital pertenece a los propios trabajadores, que prestan sus servicios a la Sociedad.

Sociedad Limitada. Es una sociedad mercantil cuyo capital está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, innegociales, que limita la responsabilidad de cada socio al capital aportado.

Sociedad Anónima. Es una sociedad capitalista cuyo capital se divide en acciones, que pueden transmitirse libremente. Los socios tienen una responsabilidad limitada y no personal.

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