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Certificados sí, pero homologados

24 febrero 2008

Anxo Penalonga

profesionalidad2.jpgEn relación con lo apuntado hace unas semanas sobre los Certificados de Profesionalidad vamos a incidir en lo más relevante de estos certificados los cuales, sin duda, posibilitarán el reconocimiento de muchos profesionales mediante un título oficial. Pero vamos por partes. Lo que hizo posible la emisión de estos certificados por parte de la Administración fue la articulación de la Ley de Cualificación y Formación Profesional de 2002 en torno a la “tipificación” de las profesionales y su tratamiento modular.

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Crea tu empresa paso a paso (V)

16 enero 2008

Remo

ticket-ivaRespecto al IVA, las actividades que estén sujetas a este impuesto, y opten por la forma de tributación de módulos tienen una fuente de ingresos adicional inimaginable. En primer lugar, hay que aclarar, que cuando una actividad tributa por estimación objetiva o módulos, se acoge al régimen simplificado del IVA.

El funcionamiento de este régimen, es diferente al régimen general. A grandes rasgos, las características principales son:


  • El cálculo del total del IVA devengado o repercutido, lo realiza Hacienda, utilizando unos índices o módulos propios de la actividad que desempeñemos. Este IVA, va ser la cantidad inicial que tendremos que ingresar a Hacienda por este concepto.

  • Se permite la deducción de las cuotas soportadas de IVA, en las compras que realicemos en nuestra actividad, aunque la deducción sólo se practica en el último trimestre del año.

  • Nos podemos deducir un 1% del total de la cuota devengada calculada por Hacienda, en concepto de dificil justificación.

  • La cuota devengada que se ha calculado en un principio, tenemos que sumar el IVA que hayamos repercutido por la venta de inmovilizados afectos a la actividad, en el caso de estar sujetos a dicho impuesto.


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Crea tu empresa paso a paso (IV)

14 enero 2008

Remo

contable2Aquellas empresas que puedan sopesar la posibilidad de comenzar su actividad empresarial en estimación objetiva, o módulos, tienen algunas ventajas económicas sumamente interesantes. Para evaluar numéricamente dichas ventajas, tenemos que cuantificar económicamente cuales son los gastos que me puedo deducir, y cual es la gestión del IVA que tenemos que realizar.

En el campo de gastos deducibles, sólo nos podemos deducir, sobre el rendimiento calculado por la AEAT, “la amortización del inmovilizado que se encuentre totalmente afecto a la actividad”. Los porcentajes de amortización, son los que cada año se aprueban para cada una de las distintas actividades. Los métodos para realizar dichas amortizaciones son los que se definen por la normativa contable y el Reglamento del Impuesto de Sociedades. Para nuestro ejemplo, contábamos con inmovilizado consistente en un vehículo dedicado exclusivamente a nuestra empresa, diversas herramientas y un ordenador. 

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Crea tu empresa paso a paso (III)

08 enero 2008

Remo

pepe_goteraPara las actividades que tienen la opción de tributar por módulos, el cálculo del beneficio teórico que le imputa Hacienda a la actividad, es bastante fácil de realizar por nosotros mismos. Si nos descargamos el programa de ayuda Módulos(*) de la página web de Hacienda, podemos realizar el cálculo del beneficio que nos imputa Hacienda conociendo el IAE de la actividad que vamos a dedicarnos. Los parámetros que puede considerar Hacienda son:


  • Personal no asalariado. El propio empresario, así como cónyuge e hijos que trabajen en la actividad sin relación laboral

  • Personal asalariado. Personal con relación laboral en la empresa.

  • Potencia eléctrica. Cantidad de kw. contratados con la empresa suministradora.

  • Plazas. Se utiliza en las actividades de hospedaje. Es el número de ocupación del establecimiento. 

  • Superficie del local. Metros cuadrados útiles destinados al público.

  • Consumo de energía. kw consumidos durante el ejercicio anterior. Se computa 0 en aquellas actividades que utilicen este parámetro en el primer año de actividad.


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