A partir del próximo año, Hacienda contará con información financiera mucho más detallada de los autónomos. Gracias al cruce automatizado de datos bancarios, se ha implementado un nuevo sistema de comunicación entre entidades financieras y la Agencia Tributaria, con el objetivo de intensificar el control y la trazabilidad de los ingresos.
Este nuevo modelo se ha articulado a través del Real Decreto 249/2023, la Orden HAC/747/2023 y la reforma de varios modelos fiscales ya existentes. El mensaje es claro: más datos, más rápido y más precisos.
¿Qué información se compartirá?
Según el RD 253/2025 y la Orden HAC/747/2025, a partir del 1 de enero de 2026, los bancos y plataformas de pago deberán informar de forma automática y periódica a Hacienda sobre los movimientos financieros de los autónomos y empresas.
Entre ellos:
- Ingresos y retiradas de efectivo
- Pagos con tarjeta (TPV físico y virtual)
- Transferencias nacionales e internacionales
- Operaciones en Bizum, PayPal y otras plataformas
- Saldos mensuales de cuentas
- Titularidades y cotitularidades
Dependiendo del tipo de movimiento, se usarán los siguientes modelos:
- Modelo 170: Declaración mensual de operaciones mediante tarjetas o Bizum, detallando canal, cuenta y terminal de destino.
- Modelo 174: Informe anual de movimientos con tarjetas cuya suma anual supere los 25.000 €.
- Modelo 181: Informe anual sobre préstamos, créditos o operaciones inmobiliarias.
- Modelo 196: Comunicación mensual de aperturas de nuevas cuentas y anual de saldos y movimientos, vigente desde febrero 2026.
También se han modificado diversos trámites fiscales, suprimido algunos y actualizado los modelos anteriores (170, 174, 181, 196) con esta normativa, cuya aplicación se alargará durante el próximo año fiscal (2026).
¿A quién afecta?
A todos los contribuyentes, pero especialmente a autónomos que trabajan con cuentas personales, combinan ingresos profesionales y privados, o no llevan una contabilidad al día. También a quienes reciben pagos por Bizum u otras vías informales sin registrarlas como ingresos declarables.
Entre los cambios más relevantes, está el hecho de que, hasta la fecha, Hacienda podía acceder a esta información solo en caso de inspección o requerimiento específico. Con este nuevo modelo, la información será cruzada de forma sistemática y anticipada, lo que permite detectar incoherencias entre ingresos bancarios y lo declarado en IRPF o IVA sin necesidad de avisar previamente.
Vamos a ver un ejemplo práctico para terminar de entenderlo rápido: si una persona declara 18.000 € anuales como autónomo, pero su banco informa de ingresos por 30.000 €, el sistema genera una alerta automática, que probablemente se traduzca en inspección por parte de la Administración.
¿Qué puede hacer una pyme o autónomo?
- Separar cuentas personales y profesionales, es decir, utilizar una cuenta específica para la actividad económica.
- Revisar ingresos y gastos mensualmente, asegurando que todo está registrado y justificado.
- Evitar cobros en metálico no declarados, que ahora pueden detectarse por comparación de saldos.
- Consultar con un asesor fiscal para adaptar su sistema contable al nuevo entorno de fiscalización digital.
La Administración ha señalado en varias ocasiones que este no es el fin de la “flexibilidad” fiscal, pero sí de los descuidos y el fraude normalizado.
Este nuevo sistema busca cerrar las brechas por donde se escapan ingresos no declarados: así, para los autónomos que ya cumplen, puede suponer incluso una ventaja: menos requerimientos, más agilidad y transparencia.
El reto está en adaptarse en los próximos meses: lo que antes se consideraba una buena práctica, ahora se convierte en una necesidad si quieres evitar inspecciones y sanciones.
Foto: Flickr
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