Cuatro días para enviar la información de las facturas a Hacienda a partir del 2017

Cuatro días para enviar la información de las facturas a Hacienda a partir del 2017
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La Agencia Tributaria parece conocer solo a las empresas por las inspecciones que realiza en ellas, pero parece desconocer la operativa interna de ellas. Si bien enviar la información de las facturas emitidas a la Agencia Tributaria en dicho plazo parece algo relativamente posible, enviar a Hacienda las facturas recibidas en un plazo máximo de cuatro días parece más una quimera que algo que se pueda cumplir.

La Real Academia Española define una quimera como aquello que se propone a la imaginación como posible o verdadero, no siéndolo. Y aún en el caso de ser posible obligar a las empresas a comunicar la información de las facturas recibidas en un plazo de cuatro días, parece más que una medida de control tributario, un castigo a las empresas y una injerencia en los sistemas de control administrativo.

Según la Agencia Tributaria el nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) que entrará en vigor el 1 de enero de 2017, será obligatorio para un colectivo de unos 62.000 contribuyentes, formado por grandes empresas, grupos societarios a efectos de IVA e inscritos en el régimen de devolución mensual del impuesto (‘Redeme’), pudiendo el resto de las empresas acogerse voluntariamente si así lo desean.

El nuevo sistema obligara a acelerar los flujos de aprobación de facturas

Hace no mucho trabaje en una gran empresa que contaba con un Workflow de aprobación de facturas, a pesar de ser una empresa con grandes recursos muchas facturas se atascaban en el sistema y las facturas debían de pasar por varios usuarios hasta su aprobación final.

Me pregunto si serán capaces de adaptar los sistemas y los flujos de aprobación a los nuevos requerimientos de la Agencia Tributaria, aunque otra opción y a juzgar por los plazos dados sería comunicar toda factura recibida previamente a su verificación, control y supervisión, idea esta que no me atrae.

Además el plazo de cuatro días puede ser controlado en el caso de las facturas emitidas, pero en el caso de las recibidas, que deberán hacer las empresas, enviar las facturas por correo certificado.

Por otra parte, la Agencia Tributaria estaría casi obligando a los contribuyentes a utilizar sistemas de digitalización de notas de gastos, ya que en caso contrario sería imposible que las notas de gastos cumplan el requisito de los cuatro días.

La Agencia Tributaria debería de tener en consideración que las empresas deben de tener derecho a administrar sus recursos humanos en función de la rentabilidad y el control de sus organizaciones, debiendo facilitar mayores plazos para el suministro de información.

Y en caso de retrasarse el suministro de información de las facturas recibidas, impondrá Hacienda sanción alguna, se realizaran inspecciones punitivas, para detectar retrasos en la información suministrada.

Sin duda un importante reto, para empresas de software de gestión, hacienda y empresas, ¿reto o quimera?.

Imagen | Justin Morgan

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