Hacienda no cesa ni cesará en su empeño de pedir nuevas comprobaciones a los autónomos. De hecho, todo apunta a que se avecina a medio plazo una nueva oleada de peticiones de información para comprobar diferencias entre los datos de Verifactu y los de la factura electrónica obligatoria.
La convivencia de ambos sistemas puede provocar errores en la información comunicada a la Administración, especialmente cuando una factura se modifica después de su emisión.
¿Y esto qué significa? Lo típico: requerimientos y gastos adicionales para los pequeños negocios.
La preocupación surge por la posibilidad de que una misma operación genere dos comunicaciones diferentes a la Agencia Tributaria. Aunque los programas informáticos pueden automatizar estos procesos, cualquier discrepancia podría obligar al contribuyente a justificar los importes declarados.
Verifactu y factura electrónica: dos sistemas con obligaciones diferentes
El origen del problema está en que ambas herramientas responden a objetivos distintos. Verifactu forma parte del Real Decreto 1007/2023, que regula los requisitos técnicos de los sistemas informáticos de facturación.
Su finalidad es garantizar que los registros sean íntegros, accesibles y trazables, dificultando su alteración o eliminación.
Los programas pueden funcionar mediante la modalidad VERI*FACTU, que transmite automáticamente registros a Hacienda, o bajo una modalidad sin remisión continua, siempre que cumpla las condiciones establecidas.
Por otro lado, la factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales pretende digitalizar las operaciones comerciales y facilitar el seguimiento de los pagos.
Cuando se utilizan plataformas privadas, estas deben comunicar una copia fiel de las facturas a la solución pública de facturación electrónica.
Una factura rectificada podría terminar en una carta de Hacienda
El riesgo aparece cuando los datos correspondientes a una operación no coinciden. Por ejemplo, un autónomo emite una factura de 2.000 euros más el 21% de IVA, lo que supone un importe total de 2.420 euros.
Posteriormente descubre un error y necesita reducir la base imponible a 1.800 euros. Para corregirlo, deberá emitir la correspondiente factura rectificativa.
Si esta modificación no queda reflejada correctamente en los diferentes sistemas, Hacienda podría recibir información contradictoria sobre la misma operación. Las discrepancias podrían originar requerimientos de información o actuaciones de comprobación, incluso cuando el problema proceda de una comunicación informática incorrecta.
Los programas de facturación podrían encarecerse
La adaptación tecnológica representa otra dificultad. Y es que, los proveedores necesitan desarrollar herramientas capaces de cumplir requisitos técnicos diferentes, mantenerlas actualizadas y garantizar la comunicación correcta de los datos.
Esto puede provocar nuevos costes para los autónomos y pequeñas empresas, especialmente cuando las aplicaciones contratadas inicialmente no incorporan todas las funcionalidades necesarias.
La Administración debería aprovechar la información recibida mediante un único canal, evitando duplicidades que incrementen las obligaciones administrativas. El problema no consiste únicamente en enviar los datos dos veces. También es necesario garantizar que las rectificaciones, anulaciones y modificaciones se comuniquen correctamente.
Hacienda plantea retrasar Verifactu hasta octubre de 2028
El calendario de implantación podría cambiar para facilitar la adaptación de los negocios. El Ministerio de Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 su intención de aplazar determinadas obligaciones de Verifactu hasta octubre de 2028.
El objetivo es coordinar su entrada en funcionamiento con la factura electrónica y revisar posibles solapamientos entre ambas normativas.
Sin embargo, el aplazamiento anunciado necesita aprobarse mediante la correspondiente modificación reglamentaria para adquirir efectos jurídicos.
Respecto a la factura electrónica, el calendario oficial de implantación establece el 6 de octubre de 2027 como fecha de aplicación para empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones supere los ocho millones de euros. Para el resto, la obligación comenzará el 6 de octubre de 2028.
Las personas físicas y entidades en atribución de rentas dispondrán hasta el 6 de octubre de 2029 para cumplir determinadas obligaciones de comunicación de estados y pagos.
Qué deben revisar los autónomos antes de contratar un programa
Los profesionales deberían comprobar si sus aplicaciones permiten emitir facturas electrónicas, generar registros compatibles con Verifactu y gestionar correctamente las rectificaciones.
También conviene revisar las condiciones económicas, especialmente las actualizaciones, el mantenimiento y las posibles cuotas adicionales.
La Agencia Tributaria contempla una solución pública de facturación electrónica, que puede representar una alternativa para negocios con necesidades sencillas.
Imágenes | Mohamed Nohassi
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