Corregir una declaración de la Renta para recuperar impuestos pagados de más puede terminar en un expediente sancionador. Al menos, esto es lo que está ocurriendo con algunos autónomos y contribuyentes.
Estos están utilizando el nuevo procedimiento de rectificación del IRPF fuera del plazo ordinario. Y, aunque la ley permite reclamar devoluciones durante cuatro años, Hacienda puede considerar que la corrección se ha presentado fuera de plazo.
La controversia surge con las autoliquidaciones rectificativas, obligatorias con carácter general desde la campaña de la Renta de 2024.
Hacienda puede imponer multas de 100 euros por rectificar fuera de plazo
El origen del problema está en el artículo 67 bis del Reglamento del IRPF, que considera extemporáneas las autoliquidaciones rectificativas presentadas después del periodo ordinario de declaración.
Esta calificación permite iniciar procedimientos sancionadores incluso cuando la modificación solicitada favorece al contribuyente y no ocasiona pérdidas económicas a la Administración.
El artículo 198 de la Ley General Tributaria contempla una sanción general de 200 euros por determinadas declaraciones presentadas fuera de plazo sin perjuicio económico. Cuando se presentan voluntariamente, sin requerimiento previo, la cuantía se reduce a 100 euros.
Además, la sanción puede aplicarse individualmente a cada ejercicio afectado. Por ejemplo, corregir tres declaraciones anuales podría generar tres procedimientos y multas que sumarían 300 euros, siempre que concurran los requisitos legales.
No obstante, la sanción no es automática. Hacienda debe acreditar la existencia de una infracción y la responsabilidad del contribuyente.
El derecho a reclamar durante cuatro años sigue vigente
La principal contradicción señalada por los especialistas aparece al comparar el plazo de rectificación con el derecho a recuperar impuestos.
El artículo 120 de la Ley General Tributaria regula las autoliquidaciones rectificativas, mientras que el artículo 66 establece, con carácter general, un periodo de prescripción de cuatro años para solicitar devoluciones tributarias.
Por su parte, el artículo 34.1.b reconoce expresamente el derecho de los contribuyentes a obtener las devoluciones que correspondan.
El conflicto se da porque el reglamento califica como extemporánea una corrección presentada después de la campaña, aunque todavía exista derecho a reclamar.
El Tribunal Supremo también ha abordado el derecho a solicitar rectificaciones dentro del plazo de prescripción, entre otras resoluciones, en una sentencia del 4 de febrero de 2021.
Una contribuyente recibió un expediente por reclamar una deducción vinculada a su discapacidad
Uno de los casos conocidos afecta a una persona que había solicitado el reconocimiento administrativo de su discapacidad.
La resolución tardó casi dos años en llegar. Cuando finalmente obtuvo el documento, ya había terminado el plazo para presentar la declaración correspondiente.
La contribuyente presentó una rectificación aproximadamente una semana después para aplicar el mínimo por discapacidad y recuperar los impuestos abonados de más.
Sin embargo, Hacienda inició un expediente sancionador por considerar que había presentado la declaración fuera de plazo. Tras recibir las alegaciones, la Agencia Tributaria archivó el procedimiento al apreciar que no existía culpabilidad.
Las sanciones pueden ser mayores si Hacienda rechaza la rectificación
El riesgo económico no termina con las multas por presentación fuera de plazo, ni mucho menos. La Ley General Tributaria contempla otras infracciones cuando se dejan de ingresar cantidades o se solicitan devoluciones improcedentes.
El artículo 191 establece sanciones que pueden comenzar en el 50 % de la deuda no ingresada. El artículo 194 contempla una multa del 15 % de las devoluciones solicitadas indebidamente en los supuestos que regula. Cuando el contribuyente ya ha recibido una devolución improcedente, el artículo 193 prevé sanciones que parten del 50 % de la cantidad obtenida.
Sin embargo, estas infracciones requieren que concurran sus respectivos presupuestos legales. Una discrepancia con Hacienda no basta para justificar una sanción.
Qué pueden hacer los autónomos para evitar problemas
La recomendación principal es revisar cuidadosamente los datos antes de presentar una rectificación y conservar los documentos que acrediten el derecho a recuperar impuestos.
El artículo 179.2.d de la Ley General Tributaria excluye la responsabilidad cuando el contribuyente ha actuado con la diligencia necesaria, incluida la aplicación de una interpretación razonable de la normativa.
Si Hacienda inicia un procedimiento sancionador, resulta fundamental examinar los motivos y presentar alegaciones cuando existan fundamentos para cuestionarlo.
El nuevo sistema mantiene el derecho a solicitar devoluciones dentro del plazo legal, pero introduce una incertidumbre adicional para quienes rectifican después de la campaña.
Y ojo, la falta de culpabilidad y las circunstancias concretas de cada caso pueden resultar decisivas para evitar una multa.
Imágenes | Cinco Días, amir maleky
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