Hace una semanas se aprobó una directiva comunitaria que puede ayudar, en parte, al cumplimiento de los plazos de pago fijados por la Ley contra la Morosidad, que tan pobres resultados está ofreciendo. En concreto, la directiva establece que a partir de ahora, quien sobrepase los plazos de pago establecidos para el pago de sus facturas deberá abonar no sólo el importe de las mismas, sino también todos los gastos derivados de las gestiones que el acreedor haya realizado para poder cobrar esas facturas.
Dentro de esos gastos se incluyen el coste de las llamadas telefónicas u otras comunicaciones realizadas para reclamar el pago de las facturas pendientes (cartas certificadas, burofax, etc.), los gastos de la empresa de gestión de recobro a la que acuda la pyme para poder percibir su dinero a tiempo o los gastos del abogado que se haya contratado para reclamar judicialmente al deudor.


