Las pymes y autónomos exportadores deberían conocer esta obligación. Hacienda avisa de grandes multas si no se cumple esta declaración mensual de actividad

Las pymes y autónomos exportadores deberían conocer esta obligación. Hacienda avisa de grandes multas si no se cumple esta declaración mensual de actividad
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A partir del 1 de febrero de 2025, como recogía el BOE del pasado 29 de enero de 2025, se activa el Real Decreto 1305/2024, por el que las pequeñas y medianas empresas, así como autónomos, que realicen operaciones comerciales dentro de la Unión Europea están obligados a presentar la declaración mensual INTRASTAT.

Esta medida, implementada por la Agencia Tributaria, tiene como objetivo proporcionar información detallada al sistema estadístico de la UE sobre las exportaciones e importaciones realizadas y afectará a intercambios de bienes que superen los 400.000 euros de valor anual en sus intercambios. No osbtante, hay varios puntos relevantes que deben conocerse.

La declaración INTRASTAT

INTRASTAT es el sistema encargado de recopilar datos estadísticos sobre el comercio de bienes entre los países de la Unión Europea, proporcionando información clave para el control y análisis de los flujos comerciales dentro del mercado común.

Cuando una empresa o autónomo supera el umbral de 400.000 euros en operaciones intracomunitarias durante un año, adquiere la obligación de presentar esta declaración de forma mensual. Esta exigencia se mantiene incluso si en los meses siguientes no se alcanzan nuevamente dichos importes, ya que el criterio se basa en haber superado el umbral en algún momento del ejercicio fiscal.

En otras palabras, si en el año anterior o en el transcurso del actual se han registrado exportaciones (expediciones) o importaciones (introducciones) por encima de este límite, la empresa o autónomo estará obligado a presentar la declaración INTRASTAT cada mes, aunque no realice nuevas operaciones internacionales en los periodos posteriores.

No cumplir con la obligación

El incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones significativas. Según el Real Decreto, estas se clasifican leves, graves y muy graves:

  • Infracciones leves: no presentar la declaración, presentarla con retraso de hasta un mes o incluir datos incompletos. Multa de 150 euros.
  • Infracciones graves: proporcionar datos inexactos que causen un perjuicio significativo al servicio o acumular dos infracciones leves en un período de 12 meses, con multas de hasta 600 euros.
  • Infracciones muy graves: no presentar la declaración durante más de tres meses o reincidir en infracciones graves puede suponer multas de hasta 4.000 euros.

En este sentido, es fundamental que las pymes y autónomos que operan en el ámbito intracomunitario estén al tanto de esta obligación para evitar sanciones y contribuir al correcto funcionamiento del sistema estadístico europeo.

Presentación, paso a paso

Para complementar el formulario INTRASTAT correctamente, se requiere la siguiente información sobre cada transacción:

  • Código TARIC (clasificación arancelaria del producto)
  • País de destino o de origen
  • Valor de la mercancía en euros
  • Peso bruto y neto de la mercancía
  • Condiciones de entrega y tipo de transporte utilizado

Resulta imprescindible asegurarse de que todos los datos sean correctos, ya que errores o inconsistencias también pueden derivar en sanciones.

La presentación de INTRASTAT se realiza de manera telemática mediante los pasos siguientes:

  1. Acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
  2. Dirígete al apartado de Aduanas e Impuestos Especiales.
  3. Selecciona INTRASTAT - Obligaciones Estadísticas.
  4. Rellena el formulario con los datos de las transacciones del mes anterior
  5. Firma digitalmente y envía la declaración antes del día 12 de cada mes

De igual modo, se recomienda descargar un comprobante de la presentación para evitar problemas en futuras revisiones fiscales.


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