Estas son las principales sanciones por presentar las Cuentas Anuales fuera de plazo

Estas son las principales sanciones por presentar las Cuentas Anuales fuera de plazo
Sin comentarios

El próximo 31 de julio es el último día para presentar las Cuentas Anuales de la empresa en el Registro Mercantil. Se trata de un trámite sencillo consistente en presentar documentos tan importantes como el Balance de Situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la Memoria.

Sin embargo, no está exento de errores, descuidos y problemas que pueden acarrear sanciones administrativas. Especialmente significativas son las sanciones por presentar las Cuentas Anuales fuera del plazo legalmente establecido. El 31 de diciembre se cierra el ejercicio fiscal y, desde entonces, los administradores tienen siete meses para formular, aprobar y presentar las Cuentas Anuales.

Todas las sociedades que no presenten las cuentas anuales en tiempo y forma en estos siete primeros meses se pueden enfrentar a una multa monetaria que va desde los 1.200 y hasta un máximo de 60.000 euros por el incumplimiento de esta obligación, en función de las siguientes sanciones:

  • Sanción del 0,5% del importe total del activo más un 0,5% adicional de la cifra total de ventas que aparezca en la última declaración presentada a Hacienda. Si no se hubiese presentado dicha declaración, la sanción será del 2% del capital social de la empresa.

  • En caso de que se aporte declaración tributaria, y la suma del 0,5% del activo y el 0,5% de las ventas diera como resultado un importe superior al 2% del capital social, la sanción será del 2% del capital social con una reducción del 10%. Para una empresa con un capital social de 3.000 euros, la mayoría de las SL, la multa será de 60 euros.

  • Pérdida del beneficio de la limitación de responsabilidad por las deudas que haya contraído después de que finalice el plazo de presentación.

  • Cierre de la hoja registrar de la Sociedad en el Registro Mercantil. No se podrá inscribir ningún acto hasta que se presenten las Cuentas Anuales.

En caso de presentar las Cuentas Anuales fuera de plazo, la empresa tendrá 15 días para presentar alegaciones. En un plazo máximo de seis meses a contar desde que se inició el proceso, se notificará la resolución a la empresa.

En Pymes y Autónomos | Forma de presentación de las Cuentas Anuales

Imagen | succo

Temas
Comentarios cerrados
Inicio