Aumenta la presión de Hacienda sobre las operaciones vinculadas

Aumenta la presión de Hacienda sobre las operaciones vinculadas
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En un claro ejemplo de la presión que está ejerciendo Hacienda sobre los contribuyentes, la Dirección General de Tributos (DGT) entiende que una operación es vinculada y debe documentarse aunque el accionista pierda la condición de socio tras la transmisión de todas las acciones que posee.

La consulta es sobre un accionista de una entidad que es titular del 15% de las acciones y pretende transmitirlas a la propia sociedad, con lo que pierde la condición de socio al transmitir todos los valores que posee.

La DGT se basa en el artículo 16.3 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS), aprobado por el Real Decreto 4/2004, de 5 de marzo, que establece quiénes son personas o entidades vinculadas. El que se aplica al caso es el primero de los doce supuestos que se enumeran y que alude a “una entidad y sus socios o partícipes”.

A continuación, la TRLIS detalla los demás supuestos que atañen a relaciones de parentesco, grupos, consejeros o administradores, entidades participadas indirectamente en, al menos, el 25% del capital social o de los fondos propios, entidades residentes y no residentes y sus establecimientos permanentes en el extranjero, y sociedades cooperativas.

La DGT contradice su postura en los casos en los que el comprador no tiene el porcentaje límite. Tributos recuerda respecto al caso por el que se le pregunta que “en los supuestos en los que la vinculación se defina en función de la relación socios o partícipes-entidad, la participación deberá ser igual o superior al 5%, o al 1% si se trata de valores admitidos a negociación en un mercado regulado”.

Asimismo, la DGT destaca que “existe grupo cuando una entidad ostente o pueda ostentar el control de otra u otras según los criterios establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, con independencia de su residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas”.

La consulta concluye: “De acuerdo con lo establecido en la letra a) del artículo 16.3 del TRLIS, y dado que el socio posee más del 5% del capital, la transmisión de las acciones a la sociedad de la que es accionista tiene la consideración de operación vinculada, aunque después de la transmisión deje de tener la condición de socio”, en una interpretación que perjudica a las empresas, sobre todo, medianas y pequeñas, en la crisis.

A la espera de que se cree jurisprudencia sobre operaciones vinculadas y mientras crecen las voces que piden al Gobierno que reforme el marco de precios de transferencia, las empresas no tienen claro cómo actuar en supuestos como el que trata esta consulta.

La DGT contraviene en esta consulta la postura que ha mantenido en los casos en los que antes de la adquisición de las acciones el comprador no tiene el porcentaje límite, el 5%, en los que la Agencia Tributaria demanda la valoración a precios de mercado si en la citada transacción se adquiere el porcentaje mínimo.

El 19 de febrero se ha cumplido un año de la entrada en vigor del Real Decreto 1.793/2008, que introdujo las obligaciones de documentación de este tipo de operaciones. La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) ha presentado un documento de propuesta de reforma del marco, de momento, se han sumado plataformas de pymes y la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE).

Resulta evidente que, en su afan recaudatorio, los organos de Inspección de Hacienda están aumentando la presión y el control sobre los contribuyentes particulares, autónomos y pymes, en mayor medida. No existen datos de que ese esfuerzo de control e inspección se esté realizando también sobre los que, fomentando la economía sumergida, no contribuyen.

Como hemos comentado en otras ocasiones, es más sencillo perseguir y sancionar al que contribuye mal (según su criterio, no siempre acertado) que al que no contribuye. Es menos problemático aumentar esa presión sobre los pequeños que sobre las grandes empresas y fortunas, y no digamos ya sobre los clubes de fútbol, cuyas deudas con Hacienda empiezan a ser astronómicas.

Vía | Expansión
En Pymes y Autónomos | El control de las operaciones vinculadas
Imagen | HOS74

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