¡Atención, autónomos! El uso de los software contables de doble uso puede acarrear multas de hasta 150.000 euros

¡Atención, autónomos! El uso de los software contables de doble uso puede acarrear multas de hasta 150.000 euros
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El Ejecutivo sigue insistiendo en luchar contra el fraude, poniendo en foco en las empresas y los autónomos. De hecho, uno de los fraudes más habituales dentro del colectivo es el uso de aplicaciones informáticas y contables de doble uso, un tipo de software que permite llevar contabilidades paralelas.

Este tipo de programas permiten llevar dos balances de cuentas bien diferenciados: por un lado, la contabilidad que se presenta a la Administración, donde se evita declarar muchas de las operaciones; y, por otro, la contabilidad real, donde sí constan todas las transacciones que se realizan con clientes y proveedores.

Este tipo de programas quedaron totalmente prohibidos a raíz de la promulgación de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que trasponía la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016. En esta norma se establecieron las multas impuestas a autónomos y pymes que hicieran uso de programas y sistemas informáticos que permitan la manipulación de los datos contables y de gestión.

Multas muy importantes por tenencia y uso de este tipo de software

En concreto, la simple tenencia de programas de contabilidad de doble uso conlleva una multa de hasta 50.000 euros, incluso aunque no se utilice. Los profesionales deberán desinstalar este software dentro de sus equipos de manera inmediata si no quieren incurrir en una sanción administrativa de este tipo.

Pero su uso puede acarrear multas todavía más importantes, que podrían triplicarse en caso de ocultación de ingresos o de uso de programas que no cumplan con las especificaciones técnicas señaladas. La sanción por su uso será de hasta 150.000 euros por cada ejercicio económico en el cual se hayan producido ventas ocultas.

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