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34 años trabajando como falso autónomo, denuncia a la empresa y la Justicia sentencia con 89.000 euros de indemnización

  • Al renovar, el trabajador consideró que las condiciones eran abusivas, rechazó la propuesta y decidió acudir a los tribunales. Finalmente, ha ganado.

  • Desde 2018 se han registrado más de 140.000 casos de falsos autónomos.

Falso Autonomo Indemnizacion
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Sergio Delgado

Editor

Tener falsos autónomos en una empresa es ilegal. Y puede acarrear graves multas para la empresa en cuestión. Todo un fraude a la Seguridad Social donde estos trabajadores asumen las mismas condiciones y horarios que los asalariados, pero no tienen los mismos derechos.

Un repartidor de Correos Express que prestaba servicios para la compañía desde 1992 ha conseguido que la Justicia reconozca, por fin, que su relación profesional escondía una situación de falso autónomo.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado improcedente su despido y ha condenado a la empresa a elegir entre readmitirlo o abonarle una indemnización superior a los 89.000 euros.

Todo comenzó a finales de diciembre de 2023, cuando el trabajador recibió una comunicación de la compañía en la que se le exigía firmar un nuevo contrato mercantil para continuar desarrollando su actividad.

Este consideró que las condiciones eran abusivas, rechazó la propuesta y decidió acudir a los tribunales. Finalmente, ha ganado.

Más de tres décadas trabajando bajo las órdenes de Correos Express

La historia viene de lejos. El repartidor llevaba vinculado a la empresa desde 1992. Aunque formalmente figuraba como trabajador autónomo, su actividad diaria presentaba características propias de una relación laboral por cuenta ajena.

Los servicios jurídicos de UGT Euskadi defendieron que el empleado carecía de autonomía real para organizar su trabajo, puesto que era la propia compañía la que distribuía los servicios y determinaba los horarios.

Entre las circunstancias examinadas por el tribunal figuraban la obligación de acudir al centro de trabajo de lunes a viernes, utilizar uniforme corporativo y completar los repartos dentro de los límites temporales establecidos por Correos Express.

La empresa también fijaba franjas horarias y establecía unas condiciones de disponibilidad que dejaban al repartidor un margen muy reducido para organizar su actividad.

A estos elementos se sumaba la utilización de sistemas de geolocalización para supervisar los desplazamientos y controlar el desarrollo de los repartos.

El tribunal consideró que todo ello evidenciaba una relación de dependencia y organización empresarial incompatible con la autonomía que debería caracterizar una prestación de servicios mercantil.

La empresa deberá readmitirlo o pagar más de 89.000 euros

La sentencia del TSJPV reconoce la existencia de una relación laboral encubierta y califica como improcedente la extinción contractual comunicada al trabajador.

En consecuencia, Correos Express deberá optar entre reincorporarlo a su puesto o satisfacer una indemnización que supera los 89.000 euros.

Inspección de Trabajo detectó 4.922 falsos autónomos en nueve meses

Entre enero y septiembre de 2024, la Inspección de Trabajo identificó 4.922 falsos autónomos en España, de acuerdo con los datos facilitados por el Ministerio de Trabajo.

Cataluña concentró 2.167 casos, lo que representa aproximadamente el 44% del total detectado durante ese periodo.

Además, una resolución de transparencia señala que desde 2018 se habían registrado 136.930 casos de falsos autónomos.

¿Qué derechos pierde un trabajador cuando es falso autónomo?

Un falso autónomo es una persona que figura formalmente como profesional independiente, pero desarrolla su actividad bajo condiciones propias de un asalariado.

No basta con trabajar para un único cliente para que exista esta situación. Lo determinante es comprobar si concurren dependencia y ajenidad, es decir, si el trabajador está integrado en la organización empresarial y presta servicios bajo sus instrucciones.

Cuando existe una relación laboral encubierta, el afectado puede verse privado de derechos como las vacaciones retribuidas, la protección frente al despido y las condiciones salariales previstas en el convenio colectivo aplicable.

Además, puede asumir obligaciones económicas propias del trabajo autónomo, como el pago de sus cotizaciones, pese a desarrollar su actividad bajo la dirección de una empresa.

Imágenes | Fotos, Willfried Wende

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