No tires la factura de los gastos del colegio sin mirar si son deducibles en el IRPF de tu Comunidad

No tires la factura de los gastos del colegio sin mirar si son deducibles en el IRPF de tu Comunidad
Sin comentarios

La vuelta al colé se acerca, las vacaciones de los más pequeños llegan a su fin, por si no nos hemos dado cuenta las grandes superficies comerciales ya están preparadas para hacer su agosto con los gastos para los más pequeños. ¿Donde están los uniformes más baratos?¿donde hacen más descuento por los libros?¿compramos el material escolar en el chino del barrio?

A estas alturas muchos ya no piensan en el IRPF, pero si queremos un descuento extra en algunos de estos gastos consultemos las deducciones del IRPF de nuestra Comunidad Autónoma por si tenemos que guardar la factura para deducirnos alguno de estos gastos.

Y es que esto es lo bueno de la pluralidad nacional, en vez de tener todos los mismos derechos, estos varían dependiendo de donde residamos. Pondremos solo un par de ejemplos, para no quitar la emoción del “rasca y gana”, así si reside en alguna Comunidad que no sea Madrid y Valencia, mantendrá la emoción un poco más, hasta saber si al comprar el uniforme del niño, podrá rascar unos euros en la próxima declaración de la renta.

Desgravación por gastos educativos en la Comunidad de Madrid

En la Comunidad de Madrid este año se disfruto de una deducción por las cantidades satisfechas por el contribuyente por gastos de escolaridad (15%), adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar (5%) y enseñanza de idiomas (10%) para sus descendientes hasta un máximo de deducción de 900 euros por cada estudiante.

La cantidad a deducir no excederá de 400 euros por cada uno de los hijos o descendientes que generen el derecho a la deducción, entre otras cosas porque no llegaríamos a esa cantidad ni gastando 2.400 € en las clases de inglés del niño y 2.000 € en uniformes. Además en el caso de que el contribuyente tuviese derecho a practicar deducción por gastos de escolaridad, el límite anterior se elevará a 900 euros por cada uno de los hijos o descendientes. En el caso de que los gastos sean excesivamente elevados, es difícil que la limitación que se establece por nivel de renta llegue a aplicarse, ya que para no tener derecho a esta deducción hay que exceder los 30.000 € de renta por cada integrante de la unidad familiar, por ejemplo un matrimonio con dos hijos y con unas rentas de 119.999 € tendría derecho a rascar de la declaración de la renta las cantidades antes mencionadas.

Por otra parte esta deducción es aplicable a las cuotas por escolaridad y uniformes de los alumnos en las etapas correspondientes a segundo ciclo de Educación Infantil y a la Educación Básica Obligatoria, es decir, de Primaria y ESO, quedando fuera de la deducción los alumnos de primer ciclo de Educación Infantil y Bachillerato.

Desgravación por la adquisición de libros de texto en la Comunidad Valenciana

En la renta del 2013 la Comunidad Valenciana permitió por primer vez desgravar en la declaración del IRPF las partidas para libros de texto y material escolar.

Las familias con rentas medias y bajas de la Comunitat Valenciana se han podido deducir, por primera vez en la campaña de la renta de 2013, la compra de material escolar y libros de texto para sus hijos.

La deducción por compra de material escolar tendrá un importe de 100 euros por cada hijo, siempre que se encuentren escolarizados en un centro público o privado concertado de la Comunitat Valenciana.

Tendrán derecho a esta ayuda los padres de alumnos tanto de Educación Primaria, como de Educación Secundaria Obligatoria o los escolarizados en unidades de Educación Especial, siempre y cuando, la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro del contribuyente no sea superior a 24.000 euros, en tributación individual, o a 38.800 euros, en tributación conjunta.

Además, uno de los contribuyentes que conviva con el menor deberá encontrarse en situación de desempleo e inscrito como demandante de empleo en un Servicio Público de Empleo.

Veamos pues si tenemos derecho a cualquiera de las deducciones que establecen las Comunidades Autónomas para ahorrarnos unos euros en la declaración de la renta, pero si nuestras rentas son muy altas podemos relajarnos y disfrutar de nuestra fortuna sin participar en el rasca, contribuyendo así a reducir el déficit público.

En cualquier caso estas desgravaciones puede sufrir cambios en cualquier momento o ser suprimidas, por lo que hay que comprobar si continúan vigentes para la declaración de la renta del 2014.

Imagen | Moyan Brenn

En Pymes y Autónomos | El coste de la mala contabilización de las operaciones

Temas
Comentarios cerrados
Inicio