La facturación electrónica ya está encima de nosotros, así tienes que prepararte

La facturación electrónica ya está encima de nosotros, así tienes que prepararte
Sin comentarios

Desde la aprobación de la Ley 18/2022, más conocida como Ley Crea y Crece, se estableció la obligatoriedad de la facturación electrónica para todas las transacciones entre empresarios y profesionales en España. Quedan unos meses para su implementación efectiva.

Tras la aprobación de la ley, esta quedó supeditada al desarrollo reglamentario, que requería de aspectos técnicos y procedimientos concretos. De este modo, su puesta en funcionamiento se ha retrasado durante dos ejercicios fiscales, si bien las pymes y autónomos españoles tienen este año de margen y todo indica que 2026 será el momento de estar preparados para el nuevo formato.

Plazos de implementación

El reglamento de la Ley Crea y Crece y la facturación electrónica se publicaron el 5 de diciembre de 2023, aprobado por Real Decreto 1007/2023 que estableció los requisitos y especificaciones técnicas.

El objetivo: contar con sistemas y programas informáticos utilizados por quienes desarrollan actividades económicas para garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.

Para su implementación, se valoró hacerlo de manera escalonada, donde las empresas con una facturación anual superior a los 8 millones de euros debían adaptarse en los 12 primeros meses, mientras que las empresas y autónomos con facturación inferior a estas cifras tienen un plazo de 24 meses: hasta 2026.

Objetivos del modelo

Los nuevos modelos de facturación tienen como objetivo reducir costes, luchar contra la morosidad y transformar la estructura de las empresa hacia un espacio digitalizado. 

Por ello, los nuevos programas de facturación deberán utilizar software homologado, automatizar la gestión de las facturas, emitirse en formato electrónico, incorporar la posibilidad de verificación con la AEAT y cumplir los requisitos del reglamento de facturación.

Asimismo, la publicación de la Orden HAC/1177/2024, del pasado 17 de octubre, se inició el plazo para adaptarse a los nuevos certificados. Desde mediados de este año, los software de facturación ya deberán comercializarse homologados según los requisitos nuevos de la Ley antifraude. Además, las soluciones de facturación deberán garantizar la interconexión e interoperabilidad gratuita entre diferentes plataformas.

En enero de 2026, todas las empresas (sociedades) deberán haber cambiado sus softwares y contar con programas de facturación que cumplan los requisitos de la Ley antifraude. A su vez, a partir del 1 de julio de 2026, el resto de autónomos y personas físicas deberán haber hecho la adaptación.

Facturas de transición

Dada la inminente obligatoriedad, es recomendable que las empresas y autónomos comiencen a prepararse para la transición a la facturación electrónica.

Los pasos recomendados por parte de los organismos estatales recogen la evaluación y selección de un software que cumpla los requisitos legales y técnicos, la capacitación del personal, la adaptación de los procesos administrativos y contables y el asesoramiento profesional, en materia de fiscalidad y tecnología.

En casos de incumplimiento, la ley plantea desde sanciones administrativas a multas de hasta 10.000 euros, si bien el principal problema puede ser la dificultad de mantener relaciones comerciales y optar a subvenciones públicas.

Por todo ello, si bien la obligatoriedad de la facturación electrónica aún no ha entrado en vigor, es esencial que las pymes y los autónomos se anticipen y comiencen a prepararse. Digitalizar la facturación no solo será un requisito legal, sino que se espera que, en el medio plazo, ofrezca ventajas en relación con la eficiencia, el control y la sostenibilidad para la actividad profesional.

Temas
Inicio