¿Qué significa exactamente cotizar por ingresos reales? Los principales beneficiados y perjudicados
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¿Qué significa exactamente cotizar por ingresos reales? Los principales beneficiados y perjudicados

La cotización por ingresos reales se ha convertido en uno de los principales debates en la reforma del régimen de los autónomos. Una medida muy demandada por el colectivo autónomo que todavía no se ha podido aprobar, a pesar de que las principales asociaciones de autónomos ya han ideado un mecanismo para su puesta en marcha.

En plena campaña electoral, los partidos políticos vuelven a la carga. En una reciente entrevista al portal Autónomos y Emprendedores, Pedro Sánchez ha vuelto a incidir en la necesidad de que los autónomos coticen según sus ingresos reales, y no libremente como hasta ahora. Pero, ¿qué cambios supondría cotizar por ingresos reales?

Qué es la cotización por ingresos reales

Los autónomos han venido disfrutando de libertad de cotización dentro de un margen. Eso quiere decir que existe una base mínima, por menos de la cual no se puede cotizar, y otra máxima, que no se puede superar.

Teóricamente, los autónomos tienen por tanto la posibilidad de elegir una base entre 944,40 y 4.070,10 euros mensuales, aunque estas bases se van actualizando de manera anual, generalmente. No obstante, existen ciertas limitaciones para los autónomos una vez llegan a los 47 años.

En función de la base y de las coberturas elegidas, pagarás más o menos cuota a la Seguridad Social. En la realidad se observa que, a pesar de disponer de un rango más o menos amplio de opciones para cotizar por una base mayor o menor, un porcentaje muy elevado de autónomos cotiza por la base mínima y, por tanto, pagan la cuota mínima, que muchas veces no se corresponde con los ingresos del trabajador (en algunas ocasiones, incluso, se paga más cuota a la Seguridad Social que la facturación del autónomo, de modo que al final el trabajador tiene que asumir pérdidas).

Entre las razones destacan tres:

  • Algunos autónomos comienzan con cotizaciones bajas y solamente las elevan en los últimos años antes de la jubilación, cuando comienza el cómputo para el cálculo de la base reguladora.
  • Muchos tienen unos rendimientos reducidos que no les permiten destinar más dinero a cotizar más.
  • Otros lo hacen por disponer de ese dinero para invertir en su propio negocio.

Con el cambio a la cotización por ingresos reales, previsiblemente, se pasaría de pagar en función de la cifra elegida por el autónomo a un sistema en el que se haría en proporción a los rendimientos de la actividad. Si, por ejemplo, se obtienen rendimientos bajos, la cuota que se pagaría sería muy reducida, por debajo de la mínima actual.

UPTA y ATA han propuesto un mecanismo basado en tramos, en función de los cuales el autónomo debería cotizar. En este artículo podéis ver esta propuesta, que básicamente se articularía en torno a cinco tramos en los cuales se encuadrarían todos los trabajadores por cuenta propia.

La necesidad de un pacto de estado en materia de autónomos

No obstante, esta medida, de tomarse, habría de materializarse en términos más concretos. Eso, previsiblemente, requerirá culminar las negociaciones entre las fuerzas políticas, los representantes gubernamentales y los de las propias asociaciones de autónomos.

En principio, al menos, es necesario el apoyo de una mayoría del Congreso, pero es esperable que se busque un consenso amplio, semejante al logrado con la última reforma, en el que participaron todos los principales grupos parlamentarios.

Para lograr el acuerdo, es posible que se establezcan excepciones y regímenes especiales para determinados colectivos de autónomos. No es descartable, por ejemplo, que quienes cumplan con determinados requisitos, como unos ingresos por encima de un determinado tramo, gocen de libertad de cotización, pero con un mínimo por debajo del cual no puedan situar su base.

Los beneficiarios de la cotización por ingresos reales

Fundamentalmente, sería una solución para todos aquellos autónomos a los que la cotización les lleva una proporción muy elevada de sus ingresos. Entre ellos encontramos, por ejemplo:

  • Autónomos que están comenzando y que tendrían la opción de mantener un cotización reducida durante más tiempo de lo que permite la tarifa plana actual.
  • Autónomos que tienen como actividad principal el desarrollo paralelamente de un trabajo por cuenta ajena y cuya actividad como autónomos es un mero complemento que les genera pocos ingresos.
  • Autónomos que están atravesando un período duradero de crisis, de la que esperan recuperarse en un futuro, pero que actualmente no generan ingresos suficientes como para pagar la cotización mínima.

En este tipo de casos, de lo que se trataría es de liberar a un grupo numeroso de autónomos (y de personas que podrían estar planteándose serlo) del peso de una cotización mínima elevada en relación a sus ingresos con el fin de que no desistan de desarrollar su actividad.

Los perjudicados por la cotización por la cotización por ingresos reales

Por un lado, existen autónomos que, generando ingresos suficientes como para poder cotizar más, deciden libremente hacerlo por una base mucho más reducida.

Las razones de este grupo pueden ser variadas. Generalmente, se trata de autónomos que prefieren invertir en el negocio o ahorrarse esa cantidad de dinero con el fin de colocarlo en planes de pensiones, seguros de ahorro, depósitos, acciones, títulos de deuda pública o privada, fondos de inversión. etc.

El segundo grupo que puede resultar perjudicado es el de los autónomos que generan unos ingresos superiores a la base máxima. El hecho de ligar las cotizaciones a tramos puede ser visto como una oportunidad para elevar las de los autónomos con unos rendimientos en su actividad más elevados.

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