¿Es conveniente darse de baja de autónomos en verano? Los cinco motivos que explican por qué no es una buena idea

¿Es conveniente darse de baja de autónomos en verano? Los cinco motivos que explican por qué no es una buena idea
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Es verano y muchos profesionales aprovechan para tomarse unas merecidas vacaciones después de un año frenético de trabajo. Ya sea porque los clientes se van de vacaciones o porque el calor no ayuda a concentrarse en nuestros trabajos, lo cierto es que los meses de julio y agosto desciende la actividad y la carga de trabajo. Esta es la razón por la que muchos autónomos se preguntan: ¿debería darme de baja durante estos meses, especialmente en agosto?

Lo primero que debemos saber es que existe la posibilidad de darnos de alta y baja de la Seguridad Social cuando queramos y, después de la aprobación de la ley de autónomos, cotizar únicamente por los días dados de alta. Gracias a esta posibilidad, podemos ahorrarnos las cuotas a la Seguridad Social por el tiempo que no hayamos estado dados de alta. Una perita en dulce que hace que muchos profesionales se lo piensen.

Sin embargo, no es oro todo lo que reluce. Existen una serie de circunstancias que hacen que la baja de autónomos no sea una buena idea. Te contamos cinco de ellas.

Pérdida de algunas bonificaciones

En primer lugar, porque perderemos algunas bonificaciones a que tenemos derecho. La más importante de ellas es la tarifa plana, que exige que no hayamos estado dados de alta en los últimos dos años. Si estamos disfrutando de ella en el momento de la baja, no podremos retomarla al volver a darnos de alta.

Si nos damos de baja de autónomos, podríamos estar perdiendo algunas bonificaciones.

En realidad, esto afecta a cualquier otra bonificación, especialmente las que disfrutamos por haber comenzado con el negocio hace poco, por ejemplo, que perderemos al tramitar la baja. Y aunque volvamos a gestionar el alta dentro de los meses previstos para disfrutar ese beneficio, ya no nos podremos beneficiar de ella.

No podremos deducirnos ni IVA ni gastos

Durante el tiempo que estemos dados de baja como autónomos no podremos emitir facturas legalmente, de manera que tampoco podremos deducirnos el IVA de las compras. Del mismo modo, tampoco podremos deducirnos el IRPF de los gastos afectos a nuestra actividad.

Ahora bien, habrá que hacer cálculos para ver si, en este caso, compensa más el ahorro de la cuota a la Seguridad Social o el importe que no podemos deducirnos por estos conceptos.

Ojo a las bajas y permisos laborales, porque podrían estar en peligro

En algunos casos, como el cese de actividad, es necesario cotizar de manera continuada durante un tiempo determinado para poder acceder a la prestación. Lo mismo ocurre con las bajas por enfermedades comunes o el permiso por maternidad y paternidad, entre otros.

Si nos damos de baja durante un mes, el periodo ya no será continuado o puede que no salgan las cuentas, así que tendremos que volver a empezar de cero solo por ahorrarnos una cuota de autónomo. Y si bien es posible que nunca sea necesario, nunca está de más saber que estamos cubiertos ante estas circunstancias.

No cotizaremos para nuestra jubilación

Aunque es algo obvio y, hasta cierto punto, irrelevante, muchas personas pueden estar perdiendo parte de su pensión por dejar de cotizar en verano. Evidentemente, un mes sin cotizar no tiene por qué ser definitivo, pero si lo repetimos siempre hasta jubilarnos, puede que estemos perdiendo varios años de cotización.

No cotizar significa poder estar poniendo en riesgo nuestra futura jubilación.

Las condiciones para acceder a la jubilación van a ser cada vez más duras, así que conviene no perder ninguna oportunidad para que nuestra jubilación sea lo más completa posible.

Trámites muy engorrosos

Antes de darnos de baja, tendremos que cumplir con todas las obligaciones pendientes con la Administración, tanto con Hacienda como con la Seguridad Social. Recordemos que debemos estar al día en los pagos y, entra otras cosas, justificar en escritura pública qué nos ha motivado a tomar esta decisión.

Así que tenemos que entregar en la Seguridad Social el Modelo TA.0521, ademas de los modelos 036 ó 037 (versión simplificada) para darnos de baja como autónomos en Hacienda. Y mucho ojo, porque la baja de autónomos no nos exime de cumplir con las obligaciones fiscales y saldar las cuentas con la Administración.

En Pymes y Autónomos | Baja en autónomos para ahorrarse la cuota, una mala idea si no has elaborado un presupuesto

Imagen | Pexels

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