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Resultados de las medidas anti-fraude contra la Seguridad Social en el 2009

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El Ministerio de Trabajo e Inmigración informó que el fraude contra la Seguridad Social detectado en 2009 ascendió a más de 88 millones de euros, y las personas detenidas o imputadas por estos delitos fueron 599. El año pasado se realizaron 609 investigaciones, que afectaron a 815 personas jurídicas y a más de 1.635 personas físicas.

El Departamento dirigido por Celestino Corbacho manifesó que en 2009 se produjo una caída superior al 53%, en las irregularidades de afiliación al sistema cometidas por ciudadanos extranjeros, tanto en lo concerniente a la falsificación de documentos como a la usurpación del estado civil. Por otro lado, el año pasado no se detectaron irregularidades en el ámbito de la formación continua gracias, según Trabajo, a las investigaciones y actuaciones policiales efectuadas en ejercicios anteriores.

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Los detalles del Plan Antifraude

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Hablamos días atrás del Plan Antifraude que ha presentado el Gobierno, de la coordinación entre los Organismos de Hacienda y Seguridad Social en la lucha contra la economía sumergida y las malas prácticas empresariales que se escapaban, hasta ahora, del control de los mismos y que pretenden, de paso, aumentar la recaudación del Estado.

Este Plan se presentó la semana pasada y centra sus medidas en un aumento del control de determinadas actividades y situaciones que han supuesto una merma en las recaudación de impuestos y cuotas de Seguridad Socia y que, que hasta ahora en la mayor parte de los casos, se escapaban al control de los sistemas de inspección de estos Organismos.

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El nuevo Plan Antifraude que viene

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La vicepresidenta económica, Elena Salgado, ha avanzado la aprobación del nuevo y “ambicioso” plan contra el fraude fiscal. Elena Salgado, precisó ayer que en el Plan de Estabilidad se prevé recaudar con las medidas antifraude el 0,1% del PIB, aunque añadió que “espera poder superar esa cantidad”.

El presidente del Gobierno, ya había anunciado que en el primer trimestre de 2010, el Gobierno aprobaría un plan integral de lucha contra el fraude fiscal, laboral y de las prestaciones de la Seguridad Social que dotaría a estas Administraciones de nuevos medios e instrumentos, para garantizar su sostenibilidad.

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Ante la Seguridad Social no somos todos iguales

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jubilacion

Estamos a la espera de que se reuna el Pacto de Toledo para tratar la tan necesaria reforma de las pensiones. Han ido saliendo informaciones sobre determinadas cuestiones que el Gobierno va a proponer para esta reforma, retraso de la edad de jubilación, un nuevo Régimen Especial de Autónomos para que éstos cotizen por sus ingresos reales, etc.

Ahora mismo conviven varios regímenes distintos en función del tipo de trabajador, el Régimen General, el Especial de Autónomos, el de Artistas, entre otros. Además, hay un convenio especial para los funcionarios de la Administración Central del Estado y otros para los funcionarios autonómicos y locales. Cada Régimen o Convenio tiene sus características más o menos justas y eso debería también de ser revisado, además el trato de la Seguridad Social hacia los distintos tipos de “empresas” no es tampoco el mismo.

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¿Eres de los 90.000 autónomos en pluriactividad?

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TC13.1
Realmente para los tiempos que corren el titular de la entrada pudiera parecer una burla socarrona, pero en 2009 hubo 90.000 autónomos en situación de pluriactividad. A todos ellos les dirijo este breve recordatorio que les resultará de utilidad.

Pueden solicitar la devolución quienes cotizasen en pluriactividad, es decir, que hayan alternado la cotización del Régimen de Autónomos y cualquier otro régimen, por ejemplo, el Régimen General, etc, siempre y cuando la suma de las bases de cotización anuales por los regimenes que han cotizado durante el 2009 sean mayor o igual a 10.752 euros/año, en cuyo caso, se podrá solicitar la devolución de hasta un 50% de las cuotas de autónomos satisfechas durante el 2009.

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La Seguridad Social ha elevado los tipos de cotización en IT para el 2010

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La Ley de Presupuestos Generales para el 2010, le ha colado un gol por toda la escuadra a las empresas dado que se han subido las cotizaciones a la Seguridad Social de una manera un tanto “discreta”. Esta subida se encuentra ligeramente camuflada, dado que los porcentajes de cotización no se ha alterado; o eso creíamos en un principio con la presentación de los Presupuestos.

La Disposición Final 8º de la Ley de Presupuestos Generales para el 2010, establece los porcentajes de cotización para las situaciones de incapacidad temporal e incapacidad, muerte y supervivencia. Hasta el 2009, los tipos de cotización de IT e IMS se modificaban a la baja si el trabajador se encontraba en situación de baja. Con la modificación introducida, estos tipos permanecen constantes durante todo el año, de manera independiente a que el trabajador esté en baja o no.

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Prestaciones del Régimen Especial de Autónomos

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Uno de los principales problemas del régimen especial de autónomos es la diferencia entre la base de cotización y los ingresos reales del cotizante. El régimen general ajusta la cotización a la Seguridad Social con los ingresos reales, basándose en la nómina mensual del trabajador. Mientras tanto en el régimen de autónomos, es el propio trabajador el que escoge su base entre los intervalos mínimos y máximos que se determinan a principios de cada año y, casi nunca se corresponde con los ingresos reales del autónomo.

Lógicamente, la cantidad a pagar mensualmente se calcula en función de la base escogida. Normalmente el autónomo prefiere que la base mínima para que la cuota a pagar sea lo más pequeña posible, sobre todo sabiendo que el cálculo de la pensión de jubilación se hace tomando la base de cotización de los últimos 15 años. Pero lo que no se tiene en cuenta es que para el resto de contingencias, si pagamos por la cuota mínima las prestaciones también son mucho menores.

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Los autónomos cotizarán por los ingresos netos

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cotizacion autonomos
Las reformas que prepara el ejecutivo en el mercado laboral y en pensiones, cogen a los autónomos de lleno a la hora de revisar las cotizaciones al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Hasta ahora, el autónomo puede escoger la base de cotización al RETA entre la base mínima y base máxima.

Esto se va a acabar, dado que se está preparando un sistema de cotizaciones con cuatro o cinco bases de cotización que estén en consonancia con los rendimientos netos obtenidos por la actividad. Lógicamente, estas bases, deberán estar comprendidas también entre la base mínima y máxima. ¿Cuál es el alcance de la medida? De entrada, le veo algunos problemas:

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La pérdida de la prestación sanitaria y el pantano jurídico que nadie quiere arreglar

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Dentro de las legislaciones complejas, antiguas, obsoletas y remezcladas nos encontramos con todas las normas que regulan a la Seguridad Social y a las prestaciones sanitarias. Es tal la mezcla legal que se tiene en toda la legislación existente, que no queda claro el derecho a la sanidad y a la prestación sanitaria universal que se define dentro de la Ley General de la Seguridad Social.

No queda claro porque dentro de todas estas leyes, existen casos que regulan los supuestos de beneficiarios de la prestación sanitaria y cuáles son los cauces legales para recibir este derecho. Este maremagnum legal, que a priori no parece trascendente para los autónomos, lo es y mucho dado que un autónomo, en principio pierde el derecho a la asistencia sanitaria a los 90 días de causar baja en el régimen de autónomos y no darse el alta en ningún otro régimen de la Seguridad Social. ¿Es esto posible?

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Bases de cotización mínimas y máximas para autónomos en el 2010

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Continuando con la publicación de las bases de cotización mínimas y máximas para el 2010, respecto al régimen de autónomos no hay grandes cambios respecto otros ejercicios, manteniendo el criterio de edad como base para determnar tipos mínimos y máximos a partir de 50 años.

En el caso de autónomos, se establece como límite de la edad los 50 años para fijar las bases mínimas y máximas con el objetivo de evitar una acumulación de bases de cotización elevadas a partir de los 50 años si años no se ha cotizado por bases altas. Como norma general las bases de cotización en autónomos para el 2010 quedan fijadas en las siguientes cuantías:

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