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Hacienda se suma a la ley contra la morosidad

03 julio 2008

Remo

aeatAunque no es ni cierto, ni politicamente correcto el título que acabo de colocarle a este post, la Agencia Tributaria, se compromete a abonar a los sufridos contribuyentes del IRPF la devolución solicitada antes que finalice el mes de julio.

Buenas noticias las que nos trae hacienda, sobre todo si las cumple, porque de los 18,5 millones de declarantes en renta, 14,2 millones de declaraciones son a devolver. Y el caso, que parece que es para tirar cohetes, no debiera de serlo tanto. Y os cuento por qué.

En primer lugar, las comunicaciones de datos o declaraciones informativas más importantes a la Agencia Tributaria se realizan el 30 de enero de cada año, dígase rendimientos del trabajo, resúmenes de préstamos hipotecarios, movimientos de fondos, compraventas de acciones….

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¿Es deducible el gasto del coche para el autónomo en el IRPF?

03 julio 2008

Óscar

car

La respuesta es: siempre es deducible.

Y así se debe interpretar a raíz de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña 905/2007.

La misma trata de un arquitecto que en sus pertinentes declaraciones de IRPF consigna como gasto los referentes al leasing de un vehículo que utilizaba para sus desplazamientos profesionales a diversas obras y centros de trabajo, así como las correspondientes a su mantenimiento y reparaciones.

En un primer momento no se admite dicho gasto por no demostrar que el vehículo está afecto exclusivamente a la actividad, aunque el mismo arquitecto poseía otro vehículo para su utilización particular, por lo que la administración le gira una liquidación complementaria de 38.000€ por los últimos cuatro ejercicios. Posteriormente recurre ante el Tribunal Económico Administrativo, que nuevamente le da la razón a la Administración y por último acude al Tribunal Superior de Justicia que finalmente señala que tiene derecho a deducirse dichos importes.

El fundamento principal de la resolución es que es la Administración quién tiene la carga de probar que el vehículo se utiliza para otros fines que no sean profesionales. Pues según la propia sentencia:

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¿Te atreves a cobrarle intereses a Hacienda a cuenta de sus borradores erróneos?

07 junio 2008

Anxo Penalonga

Monedas

En un post anterior hemos comentado los 33 errores en los borradores que detectó el Gestha. Para curarse en salud de lo que se les avecina los técnicos de Hacienda se han sacado de la manga un modelo de rectificación de borrador confirmado (PDF) para aquellas personas que ya presentaran la declaración con algún error.

Dispone además de un listado de deducciones (PDF) y omisiones más frecuentes (PDF) por Comunidades Autónomas. Te fijas en ambos listados, rellenas el formulario de rectificación y ya está. El inconvenientes es que si (después de confirmar al borrador) envías dentro de plazo otra declaración sin que todavía te hayan devuelto el dinero, es posible que Hacienda te ingrese lo de la deducción olvidada pero retenga lo que corresponde a la primera hasta que determine si se trata de una declaración complementaria o sustitutiva.

Una opción alternativa es la que ofrece el Registro de Economistas y Asesores Fiscales (REAF): esperar y cobrar intereses.

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¿Habrá conejo para ti en la chistera de los 400 euros?

05 junio 2008

Anxo Penalonga

chistera.jpg

Ya esta aquí. Hacienda ha publicado en su página web el programa que ayudará a calcular las retenciones a partir de julio de 2008. Lo primero que procede es descargarse el programa en función de tu sistema operativo (Windows, Linux, Mac, 98+Millenium). Si el programa no va es porque necesitas la versión 1.6 de java, que te puedes descargar un poco más arriba Descarga e Instalación de la Máquina Virtual Java.

Ya en el programa y según se mira a la izquierda tendrás que rellenar unos datos y al acabar el programa calculará correctamente nuestro tipo de retención al pulsar el botón de “Resultados”. Esos datos son:

  • Datos personales: NIF, fecha de nacimiento, situación familiar y la situación laboral.

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IRPF: 33 errores en los borradores

04 junio 2008

Anxo Penalonga

hacienda.gifLa polémica sobre los errores en los borradores que envía la Agencia Tributaria, Hacienda para los amigos, sigue en el candelero. En un post anterior IRPF: ojo con los borradores nos habíamos hecho eco ya del alto porcentaje de borradores erróneos (60% de media según los medios de comunicación escritos (y cito solo uno: europapress) aunque los porcentajes varían según la comunidad autónoma) al tiempo que dábamos una “pequeña” relación de los errores y omisiones en cuestión.

Y digo pequeña porque estos días está circulando una relación de todos los posibles errores. Agarraos porque ¡se citan 33! y la fuente es el GESTHA, nada más ni nada menos que el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda. La transcribo completa para que no haya posibilidad de malas interpretaciones. Tres categorías de errores u omisiones: revisiones, pendiente de rectificar y fuera de borrador.

A) REVISIONES:

  • Cuotas sindicales y colegios profesionales.
  • Errores en las Referencias catastrales de garajes e inmuebles. Los garajes vinculados a vivienda habitual adquiridos simultáneamente no tributan.

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IRPF: ojo con los borradores

28 mayo 2008

Anxo Penalonga

irpf.jpg

Alguna gente piensa que lo que dice Hacienda va a misa. El “señor hacienda somos todos” o ” el señor notario” son buenos y todo lo que digan está bien. Pero es que a veces las cosas vienen mal y una vez que las firmas el único responsable eres tú.

En este caso, la alerta procede del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Galicia donde afirman que hasta el 90% de los borradores que envía Hacienda son incorrectos. A pesar de lo que podamos pensar, Hacienda aún no lo sabe todo o digámoslo de otra forma, las administraciones todavía no cruzan datos como ellas quisieran.

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Los divorciados ya pueden desgravarse la hipoteca de los hijos

26 mayo 2008

Anxo Penalonga

hipoteca.jpg

Por supuesto me refiero a quienes no compartan la casa con ellos sino con la ex pareja. Si esos divorciados/separados residen en otra vivienda, el límite de deducción anual para ambas es de 9.015 euros.

Es para alegrarse de por fin se haya hecho justicia a una situación gravísima, pues al hecho de verte separado de tus hijos tenías que unir el pagar (sin deducción alguna) una no-inversión elevada y para casi toda la vida. Todo ello sin contar con el alquiler o segunda hipoteca (si es que te la daban) que había que pagar aparte. Sin duda, la medida constituirá un balón de oxígeno para los achuchados divorciados/separados.

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Renta 2007: El PADRE, los Datos Fiscales y la Vivienda Habitual

26 mayo 2008

Óscar

RENTA

Estamos en plena campaña de la Declaración de Renta, que afecta por igual a empresarios y empleados, y por lo tanto considero que la deducción por adquisición de la vivienda habitual beneficia a ambos colectivos y resulta de interés general.

Pues bien, a la hora de confeccionar la Declaración de este año, debéis tener en cuenta que los borradores que recibís en vuestros domicilios y los datos fiscales que se incorporan al programa PADRE, que se hace de forma automática, no reflejan correctamente los datos de la deducción por vivienda habitual en determinados supuestos.

Exactamente, esta omisión es importante para aquellas viviendas habituales adquiridas a través de hipoteca que cubra como mínimo el valor del 50% de la misma, y con anterioridad al 20 de enero de 2006, pues se permite la aplicación de una compensación fiscal.

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Casi 400: perfiles penalizados

11 mayo 2008

Anxo Penalonga

casi_400_3.JPGSegún eleconomista.es, la Agencia Tributaria enviará un programa informático que ayudará a las empresas a calcular las nuevas retenciones a aplicar en las nóminas de sus trabajadores, tras la aprobación de la medida del Ejecutivo de devolver 400 euros. Fuentes de la AEAT apuntan que se han mantenido contactos a través de los representantes empresariales y Hacienda para explicar esta medida.

No habrá ningún problema con la aplicación de la medida pero otra cosa es a quién se le aplica y a quién no. A la polémica medida le siguen cayendo de todas partes debido a que no favorece a los colectivos con rentas bajas. Y si no, atención a algunos de los perfiles que salen penalizados:

  • Solteros. Sin cónyuge a cargo o minusvalías tendrán que ganar más de 10.000 euros para poder optar a que le devuelvan parte de los 400 euros prometidos. A partir de los 10.000, cobrarán paulatinamente hasta llegar a los 400.

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Fondo de comercio: Tratamiento contable y fiscal

05 mayo 2008

Maria

euro

La entrada en vigor del NPGC ha incorporado importantes cambios que afectan al Fondo de Comercio. Con la llegada del nuevo Plan, las empresas que tenían registrado un fondo de comercio al cierre del ejercicio 2007 deben tener en cuenta los siguientes puntos:

  • Hay que modificar la codificación de la cuenta de activo: En el NPGC el código que le corresponde es el 204.
  • Hay que reclasificar la amortización acumulada a la cuenta (1143) Reserva por fondo de comercio.
  • No se admite la amortización contable. En el PGC de 1990 el fondo de comercio se debía amortizar en un plazo no superior a 20 años.

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