feed

impuesto sociedades

Nuevas medidas económicas anticrisis: Impuestos 1 - Autónomos 0

3 comentarios

zapatero
El día de hoy se preveía como el día de los acontecimientos y anuncios económicos por parte del Gobierno dentro de las medidas revitalizadoras para salir de la crisis. Por ahora, las dos medidas que se han colocado encima de la mesa, dejan un sabor bastante amargo, en donde a los autónomos nos han pitado penalty en contra, tarjeta roja y expulsión culminando con un gol por toda la escuadra.

En primer lugar, se ha anunciado una rebaja de un 5% en el impuesto de sociedades durante tres años para aquellas empresas que mantengan o creen empleo durante al menos tres años. Requisistos, facturar menos de 5 millones y tener menos de veinticinco trabajadores. Por extensión, muchas empresas se podrán favorecer, pero claro, con condiciones. Este es el penalty.

Leer más

Anunciate aquí
Anunciate aquí

Las deducciones por I+D y algunas posturas un poco difusas en medios

2 comentarios

i+d
No hace mucho, comentaba como el gobierno daba marcha atrás y mantenía la deducción por I+D en el impuesto de sociedades. Eso sí, la mantenía con el nivel de reducción del 85% vigente para el propio ejercicio 2008.

Tanto Expansión, como Redes Malladas entre otros, han criticado duramente esta diferencia del 15% a la par que se carga contra el ejecutivo al no potenciar las actividades de I+D vía deducciones. Yo creo que estas críticas están no son coherentes por los siguientes motivos:

Leer más

Anunciate aquí

Impuesto de sociedades: características de empresas de reducida dimensión

0 comentarios

modelo 200
Ya mismo estamos presentando el impuesto de sociedades y uno de los puntos básicos a la hora de hablar del impuesto es la distinción entre empresas de reducida dimensión (ERD) del resto.

Una sociedad que tenga la consideración de reducida dimensión va a tener un tipo impositivo más bajo que las empresas normales. Los tipos impositivos para este ejercicio son los siguientes:

Leer más

¿Por qué no se eliminan los privilegios fiscales de la administración pública?

2 comentarios

privilegios fiscales
Cuando la empresa tiene una factura pendiente de cobro, la cual ha pasado más de seis meses para sociedades o un año para IVA, estos importes pasan a ser deducibles de facto, tanto en el propio impuesto de sociedades como en el IVA.

Esto es siempre posible, siempre y cuando no sea una administración quién nos adeuda la factura. Insistimos que la pyme quiere cobrar sus facturas, no aplazar pagos a las administraciones ni tener que aplicar deducciones extrañas. Esta modificación fiscal sería muy necesaria hasta que realmente se cobre la factura, y no creo que haya que realizar un referéndum para llevarla a cabo.

Leer más

Impuesto de sociedades: la deducción por I+D+i pasa a ser indefinida

0 comentarios

I+D+i
El Consejo de Ministros del viernes ha realizado una modificación muy importante referente al mantenimiento de manera indefinida de la deducciones por I+D+i e IT en el impuesto de sociedades.

Esta deducción se había legislado su desaparación con la entrada en vigor del de la Ley 35/2006 del IRPF en su disposición adicional vigésimo tercera a partir del año 2012. Es una buena noticia que se sigan manteniendo las deducciones a la cuota a pagar por los gastos en los que incurra la empresa en actividades de I+D e IT.

Leer más

Retribución de los administradores en sociedades: es gasto deducible

0 comentarios

sala juntas
Ya nos comentaba Wordlexis que la Agencia Tributaria estaba preparando un documento que aclaraba que la retribución de los administradores en las sociedades iba a seguir siendo gasto deducible.

Pues bien, el documento ya está en circulación y se mantienen las retribuciones de los administradores como gastos deducibles, aún habiéndose marcado la postura contraria en la sentencia del Tribunal Supremo del 13 de noviembre. Leed este análisis para comprender las limitaciones de deducibilidad, refiriéndose a retribuciones perfectamente establecidas en los estatutos pero no claramente definidas.

Leer más

Deducción fiscal de I+D e IT en sociedades: requisitos formales

0 comentarios

investigacion y desarrollo
Dentro de las (pocas) deducciones con las que cuenta el impuesto de sociedades, una de las más sustanciosas y favorables para la empresa es la deducción que se puede practicar por actividades de investigación y desarrollo (I+D) así como innovación tecnológica (IT).

Clarificar de una manera objetiva que es I+D, IT o nada de lo anterior es una labor cuanto menos compleja. Tengamos en cuenta que podemos llegar a deducirnos entre un 35% a un 50% de la cuota a pagar del impuesto de sociedades, con lo que las arbitrariedades en estos casos no son buenas ni para la empresa ni para la AEAT.

Para eliminar este tipo de puntos espinosos, en el año 2003 se aprobó el RD 1432/2003 en donde se regula la emisión de informes vinculantes por parte del Ministerio de Innovación sobre los proyectos de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.

Leer más

Se mantiene la deducción fiscal por I+D+i a partir del 2011

0 comentarios

laboratorio
La reforma que introdujo el ejecutivo en el impuesto de sociedades, trajo la supresión progresiva de la bonificación en I+D+i existente en el impuesto de sociedades. El ejecutivo recula, y hoy ha confirmado el secretario de Estado de Hacienda que ésta deducción se mantendrá más allá del ejercicio 2011. Es una buena noticia, aunque no tanto los datos que se ponen encima de la mesa.

En primer lugar, esta deducción sólo la llevan a cabo 3.200 empresas, por un importe de 317 millones de euros. 3.200 empresas es como una gota de agua en el oceáno. No quiero decir que sólo esas empresas realicen labores de I+D+i, pero no se puede mantener un tejido productivo que no avanza, innova y desarrolla por sí solo.

Leer más

La retribución de los administradores y el Impuesto sobre Sociedades

0 comentarios

justicia
Uno de los conflictos más importantes objeto de estudio por parte del Tribunal Supremo que forma parte del recurso de casación formulado por el Abogado del Estado ha sido la admisión o no como gasto de las retribuciones de los administradores de la empresa.

La empresa pone el acento de su defensa en su tamaño como motivo que prueba la necesidad de disponer de un órgano de administración competente compuesto por personas suficientemente cualificadas y a las que hay que retribuir adecuadamente; en que sus estatutos prevén la retribución de los administradores en una cuantía fija más un variable con la posibilidad de revisión anual y con los límites legales previstos y en abundante jurisprudencia que entiende que la única limitación a la deducibilidad de ese gasto fiscal compete a la norma fiscal y no a la mercantil.

La administración, por el contrario expone que al «no haberse establecido estatutariamente el sistema retributivo y configurarse el variable de forma alternativa dejándolo a criterio de la Junta General, no puede aceptarse como gasto deducible».

Leer más

Repercusiones fiscales por el nuevo plan general de contabilidad

0 comentarios

aeatLos cambios de criterios que se han introducido con el nuevo plan general contable, y la obligación de dar de baja determinadas partidas del activo y pasivo de nuestras contabilidades genera una asimetria fiscal que debe ser regulada y eliminada en el tiempo.

La aprobación de la ley 4/2008 introduce el mecanismo por el cual se le dará tratamiento fiscal a los ajustes contables realizados por la aplicación del nuevo plan general de contabilidad.

Leer más

Anunciate aquí

WSL Weblogs SL