Deducción fiscal de I+D e IT en sociedades: requisitos formales

Deducción fiscal de I+D e IT en sociedades: requisitos formales
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Dentro de las (pocas) deducciones con las que cuenta el impuesto de sociedades, una de las más sustanciosas y favorables para la empresa es la deducción que se puede practicar por actividades de investigación y desarrollo (I+D) así como innovación tecnológica (IT).

Clarificar de una manera objetiva que es I+D, IT o nada de lo anterior es una labor cuanto menos compleja. Tengamos en cuenta que podemos llegar a deducirnos entre un 35% a un 50% de la cuota a pagar del impuesto de sociedades, con lo que las arbitrariedades en estos casos no son buenas ni para la empresa ni para la AEAT.

Para eliminar este tipo de puntos espinosos, en el año 2003 se aprobó el RD 1432/2003 en donde se regula la emisión de informes vinculantes por parte del Ministerio de Innovación sobre los proyectos de investigación y desarrollo e innovación tecnológica. Si nos vamos a las definiciones que nos proporciona el Art 35 de la LIS, vemos que existe una ambigüedad y arbitrariedad obvia en la propia redacción de este artículo, por lo que la emisión de un informe complementario sobre los proyectos que lleve la empresa en investigación y desarrollo se hace casi imprescindible.

A instancia de la empresa, se solicita la valoración de un proyecto a Industria, y las conclusiones de dicho informe son vinculantes para la AEAT. Este es el primer paso que tenemos que llevar a cabo para poder aplicar las deducciones en investigación y desarrollo.

El modelo de solicitud la tenemos en el BOE (anexo de la disposición en PDF) en donde procederemos a presentar la instancia junto con el proyecto que queramos que se valore y el tipo de información vinculante que estamos solicitando.

Cumpliendo este requisito, si el informe que se obtiene aprueba nuestro proyecto como investigación y desarrollo o innovación tecnológica, tendremos todas las garantías para poder aplicar las correspondientes deducciones fiscales por estos conceptos en el impuesto de sociedades.

Más Información | RD 1432/2003 sobre emisión de informes motivados para la aplicación de las deducciones fiscales de D+D e I+T Imagen | Nuria_ En Pymes y Autónomos | Innovación

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