Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro son sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades, sin embargo tienen una serie de consideraciones especiales a la hora de tributar por este impuesto y de hecho no todas están obligadas a presentar la declaración.
Para la tributación en el Impuesto de Sociedades de estas entidades hay que distinguir dos regímenes. Uno se aplica a las fundaciones, las asociaciones de utilidad pública y a aquellas cuya forma jurídica corresponda con las anteriores y además estén inscritas en el registro de la AECI (Agencia Española de Cooperación internacional) de entidades dedicadas a la cooperación internacional. El otro al resto de asociaciones y fundaciones que no cumplan los requisitos anteriores




