Tefacturamos.com demasiados inconvenientes en una cooperativa

Tefacturamos.com demasiados inconvenientes en una cooperativa
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Uno de los problemas que tienen muchos profesionales de la red, diseñadores, programadores webs y otro montón más de actividades que se realizan por cuenta propia pero de escasa cuantía es el mecanismo de facturación, alta en la seguridad social, cumplir con Hacienda…

Para suplir esta deficiencia en facturación ha surgido una iniciativa, que es una cooperativa de trabajo asociado. Esta cooperativa es tefacturamos.com. Esta cooperativa emite las facturas en nombre del cooperativista asociado, a cambio de darlo de alta en el regimen general. El mecanismo:

  • Te das de alta y te registras como miembro.
  • Se crea un área de acceso personal para cada usuario.
  • A la hora de emitir una factura, se entra en la web y se mandan los datos oportunos de facturación.
  • La cooperativa emite la factura, la cobra y aplica una liquidación provisional a cuenta para el socio cooperativista.

Vamos a diseccionar por partes el entresijo. La cooperativa asegura que da de alta a sus trabajadores en el régimen general por un periodo de tiempo en la seguridad social y el pago que realiza al trabajador asociado es en concepto de nómina.

Por otra parte, la factura la emite y la cobra la cooperativa, en cuenta corriente abierta a estos efectos. El IVA se encargará la cooperativa de liquidarlo, le descontará un 6% en concepto de comisión al socio, un 10% en concepto de pago a cuenta del impuesto de sociedades, el IRPF 2% de nómina y la seguridad social íntegra, tanto la cuota empresa como la cuota obrera. Creo recordar que esto está terminantemente prohibido por la legislación laboral, pero admitamos pulpo como animal de compañía.

Además de estos detalles, un problema lo vamos a tener en que el alta en la seguridad social se va a realizar a posteriori de la realización de los trabajos, con lo cual existe una discrepancia importante con lo que debiera ser a efectos formales con la seguridad social.

En segundo lugar, si un trabajador que se asocie con la cooperativa, tiene ya un trabajo a jornada completa en el régimen general, la seguridad social rechazará el alta al sobrepasar el límite de las cuarenta horas semanales. Con lo cual, seguimos teniendo un problema.

Por otra parte, ¿qué ocurre con la responsabilidad civil, reclamaciones en los productos/servicios, riesgos de impago, cumplimiento de la normativa laboral vigente y todas las obligaciones formales y contractuales que tiene cualquier empresa o profesional?

Por último, tenemos que diferenciar dos pagos que se hacen a la cooperativa. El primer pago a cuenta del impuesto de sociedades de un 10% y otro que habrá que realizar al final del ejercicio una vez se liquide dicho impuesto. El tipo impositivo efectivo es del 25%, con las consiguientes dotaciones al fondo de reserva obligatorio de cooperativas.

Demasiados “flecos sueltos” veo yo en esta cooperativa, por no calificarla de otro modo, con la información que tengo. Pero prueba de que las cosas no están muy claras que digamos parte del desconocimiento de los futuros asociados, dadas las ventajas que presenta en líneas generales y no presenta absolutamente ninguna desventaja.

Sin ir más lejos, aquí os dejo las cifras comparativas de la cooperativa, para que juzguéis vosotros mismos. Una pista, no me vale que se considere gasto la retención del IRPF por ejemplo.

Vía | Loogic
Más Información | Tefacturamos.com
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