Ocho dudas que pueden surgir a las pymes y autónomos ante la desescalada
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Ocho dudas que pueden surgir a las pymes y autónomos ante la desescalada

La desescalada continúa su curso. Algunas zonas ya han pasado a fase I, y eso significa un alivio significativo en las condiciones actuales del confinamiento. Esto significa un cambio importante en muchas actividades, algunas de las cuales ya pueden abrir aunque, eso sí, con muchas precauciones.

Sin embargo, la complejidad de este proceso está haciendo que muchas pymes y autónomos tengan serias dudas sobre algunos de los aspectos básicos que nos vienen acompañando los últimos meses a raíz de la crisis de la COVID-19. Estas son algunas de las dudas más habituales.

¿Cuándo podré abrir mi negocio?

Depende del tipo de negocio. Por ejemplo, algunas actividades ya podían abrir antes de la fase I, pero otros quizá tengan que esperar hasta la fase III para retomar su actividad normal. Además, dependiendo del tipo de local o de la actividad, puede que incluso se pueda ejercer con cita previa o con una reducción en el aforo del local.

Por ejemplo, las peluquerías y los centros de estilismo ya podían abrir en la fase 0, aunque con cita previa. En la fase I, ya no es necesario pedir cita previa, y los locales de restauración tendrán que limitar el aforo al 50% en sus terrazas. Los hoteles ya pueden abrir en la fase I, aunque la restricción interprovincial hace que la normalidad no sea completa hasta la fase III.

¿Hasta cuándo podré seguir aplicando el ERTE?

Las empresas pueden seguir aplicando los ERTE por fuerza mayor mientras dure el estado de alarma. No obstante, el Gobierno ha dado de margen a las empresas hasta el 30 de junio, fecha en la cual el Ejecutivo estima que se irán levantando las restricciones y todas las empresas podrán operar con normalidad.

¿Tengo que seguir manteniendo el empleo cuando termine el estado de alarma?

El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo establece que las empresas que se hayan acogido a un ERTE deberán mantener el empleo durante, al menos, los seis meses siguientes a la finalización del estado de alarma.

No obstante, el Gobierno ha dejado entrever que las empresas que se encuentren en riesgo de entrar en concurso de acreedores podrán despedir a sus trabajadores de forma justificada.

¿Puedo ir sacando a los empleados del ERTE cuando quiera?

La respuesta es sí. El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha aclarado que podrán sacar a los empleados del mismo según vayan necesitado a medida que recuperan la actividad. De hecho, en los casos de ERTE de fuerza mayor, esta decisión no dependerá de que finalice o no el estado de alarma.

¿Hasta cuándo se aplicará la moratoria a los alquileres?

El Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, establecía que el periodo de aplicación de la moratoria del alquiler era de 4 meses mientras el estado de alarma siguiese vigente. Es decir, todo apunta que la moratoria se podrá aplicar hasta el mes de julio, cuando previsiblemente dejará de tener efectos.

¿Puedo volver a trabajar y cobrar la prestación por cese de actividad?

Uno de los requisitos para acceder a la prestación extraordinaria de cese de actividad era no darse de baja de Hacienda ni de la Seguridad Social. El trabajador recibía esta prestación y, al mismo tiempo, quedaba exonerado del pago de su cuota de autónomos.

Muchos expertos afirman que se puede seguir trabajando perfectamente mientras se percibe esta prestación. Además, la propia Seguridad Social ya ha aclarado que la prestación extraordinaria por cese de actividad se mantiene independientemente de la reanudación de la actividad del trabajador autónomo.

¿Qué vigencia tendrán los avales públicos del ICO?

La duración de los avales públicos que se pusieron en marcha para otorgar liquidez para pymes y autónomos será igual a la duración de los créditos respaldados, con un máximo de cinco años.

Por su parte, las entidades bancarias pueden solicitar el aval para todas las operaciones suscritas con autónomos y pymes que hayan formalizado o renovado a partir del 18 de marzo de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020.

¿Cuánto durará el teletrabajo?

Aunque todavía no hay nada decidido al respecto, el Ejecutivo seguirá recomendando teletrabajar a todas aquellas actividades que puedan seguir aplicando este modelo al menos hasta la fase III de la desescalada. Esto significa que, como mínimo, hasta finales del mes de junio, las empresas que puedan hacerlo, deberán seguir teletrabajando.

Imagen | StartupStockPhotos en Pixabay

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