Qué ropa de trabajo se puede deducir un autónomo y cuál no es admitida como gasto por Hacienda

Qué ropa de trabajo se puede deducir un autónomo y cuál no es admitida como gasto por Hacienda
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La ley tributaria tiene una norma que resulta bastante clara y la vez bastante ambigua. Un gasto tiene que estar afecto a la actividad económica para poder ser deducible. De esta forma se podría entender que si un autónomo tiene que desarrollar una actividad que requiere vestir con traje podría deducirse dicho gasto. La realidad es bien diferente. Vamos a ver qué ropa de trabajo se puede deducir un autónomo y cuál no es admitida como gasto en Hacienda.

La clave para interpretar correctamente la norma de la deducción de gastos o lo que Hacienda ha venido admitiendo como la fórmula más ortodoxa es que los gastos tienen que estar afectos a la actividad económica en exclusiva.

Uniforme vs. traje de calle, la diferencia en el trato fiscal

Es decir, si un autónomo desarrolla una actividad comercial que requiere ir en traje porque requiere dar una determinada imagen, estos trajes hacienda puede pensar que los utiliza también fuera del ámbito laboral, ya sea para comprar el pan o para ir a la boda de su primo. No se admiten como gasto.

Una cuestión diferente es si se trata de un uniforme de trabajo, ya sea para un cocinero o para un recepcionista de hotel que viste ese mismo traje. La diferencia en este segundo caso y para evitar equívocos, está en que las camisas, trajes o cualquier otro complemento necesario suelen ir personalizados con el logo o nombre de la empresa.

Aquí la Agencia Tributaria ya lo considera un uniforme y si se puede incluir con tranquilidad como un gasto afecto a la actividad económica. Lo perverso del sistema es que aunque habitualmente no utilicemos esa ropa fuera del trabajo nunca, porque no va con nuestro estilo o simplemente porque estamos hartos del traje durante toda la semana y en nuestro tiempo libre solo queremos ir en chándal, Hacienda considera que la ropa que nos compramos para el trabajo simplemente no es de uso exclusivo.

La realidad es que como ocurre en otras ocasiones el medio de prueba parte de contribuyente y  que, si no puede acreditar este uso exclusivo, no tendría derecho a practicar la  deducción. Ocurriría lo mismo con el uso del teléfono móvil o la deducción del vehículo.

Las tiendas especializadas en ropa de trabajo

Hay una solución de compromiso que Hacienda suele aceptar. Si la ropa se compra en una tienda especializada de uniformes de trabajo suele aceptar el gasto de la ropa sin poner demasiados miramientos. Y esta sería la alternativa para estos comerciales que necesitan el traje como su uniforme de trabajo.

No necesariamente tiene que ir bordado logo o serigrafiado el nombre de la empresa, algo que tampoco tiene mucho sentido en un autónomo. Pero al ser una factura de una tienda especializada y no de un gran almacén de ropa, se suele dar por bueno.

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