Este año, la declaración de la renta de los autónomos será más sencilla: Hacienda permitirá trasladar los ingresos a Renta Web

Este año, la declaración de la renta de los autónomos será más sencilla: Hacienda permitirá trasladar los ingresos a Renta Web
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El pasado 18 de marzo, la Agencia Tributaria publicaba la Orden HAC/248/2021, de 16 de marzo, donde se aprobaban los principales modelos de la declaración de la renta. Y este año, la principal novedad es la posibilidad de que los autónomos trasladen los importes consignados en sus libros al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

En concreto, los contribuyentes que obtengan rendimientos por actividades económicas y tributen por el método de estimación directa recibirán, de manera automática, todos los ingresos en su declaración de la renta, de manera voluntaria.

Esta opción estará disponible para aquellos contribuyentes que lleven sus libros registros con arreglo al formato que establece la Agencia Tributaria. Se trata de un formato regulado desde 2019 para todos aquellos autónomos que tributan por el método de estimación directa.

Esta opción sirve precisamente para facilitar la confección y posterior presentación de la declaración de la renta, de igual modo que el borrador está disponible para los asalariados que tienen rendimientos del trabajo. A nivel de servicio de la Administración, la Orden Ministerial establece lo siguiente:

Estas modificaciones están en línea con los objetivos generales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de reducir las cargas fiscales indirectas, mejorar la asistencia al contribuyente, limitar, en la medida de lo posible, los requerimientos a los contribuyentes y, en último término, lograr una Administración tributaria más eficiente.

El periodo para presentar la declaración de la renta comienza el próximo 7 de abril y se extiende hasta el 30 de junio. Como cada año, los contribuyentes podrán acceder a Renta Web a través de su certificado digital, Cl@ve PIN o con su número de referencia, que se obtiene con la declaración del año anterior.

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