Declaración de la renta 2020: últimos días para reducir tu factura fiscal como autónomo
Fiscalidad y Contabilidad

Declaración de la renta 2020: últimos días para reducir tu factura fiscal como autónomo

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Estamos a mediados del mes de diciembre y esto, entre otras cosas, significa que el fin del ejercicio fiscal está cerca. En abril de 2021 comenzará la campaña para presentar la declaración de 2020 de la renta pero, en ese momento, y tal y como ocurre otros años, no será posible hacer ninguna acción para reducir tu factura fiscal.

Por eso, si quieres ahorrar impuestos en este ejercicio, aún estás a tiempo. Existen una serie de deducciones que, como autónomo, puedes aplicar y así rebajar el resultado de la declaración. Estas son las más habituales.

Aportaciones al plan de pensiones

A pesar de que la deducción por aportaciones a los planes de pensiones tienen los días contados, al menos con los límites actuales, todavía es posible que el contribuyente pueda beneficiarse de la actual desgravación.

En concreto, las aportaciones realizadas en favor de un plan de pensiones son deducibles hasta 8.000 € y con el límite del 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas. Es previsible que, una vez se aprueben los Presupuestos Generales del Estado, estos límites se reduzcan de forma significativa, hasta el límite de 2.000 €.

Revisa todos tus gastos deducibles

Aunque todos tus gastos deben estar correctamente contabilizados en tu software de contabilidad y facturación, puede que tengas gastos que no hayas incluido y, por tanto, no cuenten como deducibles a efectos fiscales.

Por ejemplo, no olvides incluir todas tus cotizaciones al RETA, los gastos de los suministros del hogar si trabajas desde casa, los gastos financieros o las amortizaciones del inmovilizado. En este artículo puedes consultar los principales gastos deducibles de un autónomo que tributa por el sistema de estimación directa.

Inversión en empresas de nueva creación

Los contribuyentes podrán deducirse el 20 por ciento de las cantidades satisfechas al capital social de una empresa de reciente creación, siempre que el importe de la cifra de capital social de la empresa no supere los 400.000 euros.

En total, la base máxima que da derecho a deducción es de 50.000 euros, de modo que la cantidad máxima que nos podremos deducir es de 10.000 euros.

Compensar pérdidas con ganancias patrimoniales

Aunque no es estrictamente una deducción, los inversores pueden aflorar pérdidas y compensarlas con las ganancias patrimoniales o los rendimientos del capital mobiliario por intereses de depósitos o los dividendos. De esta manera, se reduce la base imponible del ahorro para pagar menos impuestos.

Esta compensación se podrá realizar hasta cuatro años después de la generación de la ganancia o de la afloración de la pérdida.

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