Teletrabajo en tiempos de coronavirus, ¿pueden despedirte si estás de baja por coronavirus?

Teletrabajo en tiempos de coronavirus, ¿pueden despedirte si estás de baja por coronavirus?
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Una teleoperadora denunció a través de las redes sociales que le habían despedido después de negarse a teletrabajar estando de baja por coronavirus. En el caso de la trabajadora su empresa amenazó con rescindir el contrato si no continuaba con su oficio desde su casa y con su ordenador.

Desde 2020 está prohibido la destitución únicamente por causas de incapacidad temporal, pero ¿en qué casos si se puede? En el caso de que te encuentres en período de prueba, por ejemplo. Por otro lado, el juzgado de lo Social número 2 de Valencia ha declarado improcedente el despido de una mujer que dejó de acudir a su puesto de trabajo en pleno estado de alarma porque tenía que cuidar de dos hijas.

¿Te pueden obligar a que teletrabajes si estás de baja con coronavirus?

Independientemente del motivo de la baja, ya sea por coronavirus o no, la empresa no puede obligarte a realizar la misma tarea desde casa. El teletrabajar no sustituye al trabajo, sino que es lo mismo y los derechos y obligaciones son los mismos. Durante una baja médica el contrato está suspendido por lo que igual que no se puede trabajar estando de baja, tampoco lo tienes que hacer desde casa.

¿Es posible el despido estando de baja?

Si el médico ha extendido una baja por coronavirus o por cualquier enfermedad, la empresa sí puede despedir al trabajador en determinadas ocasiones. Lo que no puede hacer la empresa es despedirte por el hecho de estar de baja, ya que sería improcedente. El despido objetivo por ausencias de incapacidad temporal fue derogado el pasado 20 de febrero de 2020.

Un marco legal poco claro en cuestión de despidos improcedentes

A la hora de producirse un despido, solo se puede proceder a ello por dos motivos. O bien porque se considere un despido objetivo, o porque sea un despido disciplinario. El despido objetivo es aquel que se produce fundamentalmente por motivos económicos, organizativos o de producción.

El disciplinario daría lugar siempre que haya un comportamiento grave por parte del trabajador. Es complicado entonces que haya un despido estando de baja temporal. Sin embargo, si el trabajador se encuentra en un periodo de prueba la empresa puede finalizar la relación contractual aludiendo que no lo ha superado.

Si me despiden en periodo de prueba por tener coronavirus, ¿cómo podría reclamar?

El trabajador en este caso podría intentar la nulidad del despedido si se demuestra que la única causa de ello ha sido la propia enfermedad, algo complicado de realizar ya que la empresa puede alegar que no reúne las aptitudes necesarias para desarrollar la labor y al estar en el periodo de prueba no tienen por qué justificar el despido. Cualquier despido puede declararse nulo si es por motivos de discriminación.

En el caso de la mujer trabajadora que en marzo de 2020, dejó de acudir a su puesto de trabajo por cuidar de sus dos hijas pequeñas, el juzgado de lo Social número 2 de Valencia ha declarado improcedente el despido.

La juez comenta que lo que hizo la actora fue incurrir en ausencias injustificadas al trabajo, pero no en una dimisión. De modo que se podría haber adoptado un despido disciplinario por incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas, pero no una baja voluntaria como se pretende.

Malos tiempos para las empresas, pero también para los trabajadores en mitad de una crisis sanitaria que no termina de ver su fin.

Imagen|Pexels

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