Es algo que no es muy conocido por muchos trabajadores por cuenta propia. Pero todavía hay dos procedimientos que permiten aumentar la carrera de cotización de cara a la jubilación.
De hecho, en determinados casos, pueden añadir hasta seis años computables. Y claro está, esto puede resultar decisivo para acceder a una pensión contributiva, jubilarse a la edad ordinaria o incluso anticipar el retiro.
La Tesorería General de la Seguridad Social mantiene abierto un convenio especial para recuperar hasta cinco años de antiguas prácticas formativas que no cotizaron en su momento.
A ello se suma la posibilidad de computar hasta un año por el antiguo servicio militar obligatorio o la prestación social sustitutoria, siempre que se cumplan los requisitos previstos por la normativa.
Eso sí, ambos trámites requieren presentar formularios y documentación concreta ante la Administración.
El formulario para recuperar hasta cinco años de antiguas prácticas
La opción más beneficiosa para incrementar la vida laboral es el convenio especial aprobado por la Tesorería General de la Seguridad Social para reconocer antiguas prácticas académicas realizadas sin cotización.
Pueden acogerse quienes realizaron prácticas antes de 2024 o, en determinados supuestos de prácticas remuneradas, antes del 1 de noviembre de 2011. El periodo máximo que puede recuperarse asciende a 1.825 días, equivalentes a cinco años completos.
Esta medida resulta especialmente útil para muchos autónomos que comenzaron su trayectoria profesional como becarios antes de iniciar su actividad por cuenta propia.
Los años recuperados computan igual que cualquier otro periodo cotizado. Por ello pueden servir para alcanzar los 15 años mínimos necesarios para acceder a una pensión contributiva, completar los años exigidos para jubilarse a los 65 años o incrementar el porcentaje aplicable sobre la base reguladora.
Pueden solicitar este convenio quienes realizaron:
- Prácticas universitarias de títulos oficiales o propios.
- Prácticas de Formación Profesional sin relación laboral.
- Enseñanzas artísticas superiores, profesionales o deportivas.
- Programas de investigación desarrollados tanto en España como en el extranjero.
Qué formulario debe presentarse ante la Seguridad Social
La solicitud no se realiza mediante un modelo genérico. Los interesados deben presentar el formulario correspondiente al trámite de "Alta, baja o variación de datos del convenio especial" disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Ese formulario sirve para solicitar la suscripción del convenio especial que permitirá incorporar los periodos de prácticas a la vida laboral.
Una vez presentada la solicitud, la Tesorería General de la Seguridad Social revisará que las prácticas cumplen todos los requisitos legales y calculará la cantidad que deberá abonar el solicitante.
Cuánto hay que pagar por recuperar esas cotizaciones
La normativa modificó el sistema de cálculo para hacerlo más favorable a los trabajadores.
Actualmente ya no se utilizan las bases de cotización vigentes, sino la base mínima correspondiente al grupo 7 existente en el momento en que se realizaron las prácticas. Gracias a ello, el desembolso resulta considerablemente inferior al previsto inicialmente.
Las estimaciones oficiales sitúan el importe entre unos 40 y 140 euros por cada mes de prácticas realizadas entre 1980 y 2006. Además, sobre esa cantidad se aplica un coeficiente reductor del 0,77, que disminuye todavía más el importe definitivo.
El pago puede efectuarse de dos maneras:
- En un único ingreso durante el mes siguiente a la firma del convenio.
- Fraccionado en un máximo de 84 mensualidades mediante domiciliación bancaria.
El plazo para presentar este formulario permanecerá abierto hasta el 31 de diciembre de 2028.
La Seguridad Social dispone de un máximo de seis meses para resolver la solicitud. Si transcurre ese tiempo sin contestación expresa, la petición se entenderá estimada por silencio administrativo.
El formulario necesario para sumar un año por la mili
Quienes realizaron el servicio militar obligatorio o la prestación social sustitutoria pueden computar también hasta un año adicional de cotización. Sin embargo, este periodo únicamente sirve para cumplir el requisito mínimo exigido para acceder a determinadas modalidades de jubilación anticipada.
No aumenta directamente la cuantía de la pensión ni mejora la base reguladora en una jubilación ordinaria.
En este caso, el trámite comienza fuera de la Seguridad Social.
El primer paso consiste en solicitar al Ministerio de Defensa el certificado de servicios prestados, documento imprescindible para acreditar el tiempo realizado durante la mili.
Para obtenerlo debe presentarse una solicitud en cualquier Subdelegación de Defensa junto con la documentación correspondiente.
Junto a la solicitud dirigida al Ministerio de Defensa, normalmente será necesario aportar:
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Cartilla militar o documentación equivalente.
- En caso de pérdida, la documentación sustitutiva que determine el Ministerio de Defensa.
- Certificados adicionales cuando existieran periodos de reenganche o servicios voluntarios.
Una vez expedido el certificado, este documento deberá presentarse posteriormente ante la Seguridad Social cuando el autónomo solicite su jubilación para que pueda computarse ese año adicional.
Imagen | voltamax
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