La jubilación anticipada es una fórmula que permite a todos los trabajadores que hayan cotizado un número de años jubilarse con hasta dos años de antelación con respecto a su edad ordinaria. Así, un trabajador puede jubilarse con 63 años, en lugar de los 65 establecidos reglamentariamente.
Sin embargo, esta fórmula tiene importantes consecuencias económicas para la pensión resultante, ya que se reduce de manera significativa su cuantía. Una situación que podría agravarse más si, tal y como parece, el Gobierno penaliza todavía más la jubilación anticipada.
En la actualidad, un trabajador que se jubile con dos años de antelación y tenga al menos 38 años y seis meses cotizados pierde el 16 por ciento de su base reguladora resultante. Escrivá pretende aumentar este porcentaje hasta el 21 por ciento, es decir, hasta cinco puntos porcentuales más.
Pero la penalización iría más allá, porque reduciría también los coeficientes reductores para cualquier periodo que se decida anticipar la jubilación y número de años cotizados. Así, por ejemplo, una persona con más de 44 años y medio cotizados que se quiera jubilar con un año de antelación verá reducida su pensión un 6,5 por ciento, frente al 4,75 por ciento actual.
En realidad, el desincentivo para adelantar la jubilación es más alto para todos aquellos a los que les queden uno, dos o tres meses para llegar a la edad legal de jubilación y también para los que pretendan retirarse dos años antes (24 meses) o dos años menos un mes antes (23 meses) de llegar a esa edad.