A los autónomos de Holanda y España nos une la ausencia del IVA franquiciado

A los autónomos de Holanda y España nos une la ausencia del IVA franquiciado
Sin comentarios
HOY SE HABLA DE

Hablemos de impuestos. Mi compañero Javi nos explica qué es el IVA y cómo funciona. Si eres un nuevo emprendedor y autónomo, te interesa. Hoy añadimos un concepto que está en boca de todos, el IVA franquiciado.

El IVA franquiciado es noticia porque es una medida presente en casi todos los países europeos con excepciones, por un lado, está España y por otro, Holanda. Veamos en qué consiste.

¿Qué es el IVA franquiciado?

El IVA franquiciado es un sistema no obligatorio que se aplica en todos los países de la Unión Europea (excepto en Holanda y España).

Está diseñado para pequeños negocios con ventas inferiores a los 85.000 euros -100.000 si venden en otros países comunitarios- que puede liberarlos de cargas fiscales y trámites. Tampoco podrán desgravar este impuesto de sus gastos.

¿A quién beneficia el IVA franquiciado?

Aunque esta medida se pueda aplicar a todos los autónomos por debajo del límite de ingresos, no afectaría igual a todos. El nuevo régimen de IVA franquiciado beneficiaría a aquellos autónomos que requieran de pocos servicios externos o reducida compra de materiales para realizar su actividad.

Sin embargo, los autónomos que trabajen para otras empresas o profesionales, tendrán que mantener sus precios netos, no como aquellos que vendan sus productos o servicios a clientes finales particulares que sí podrían convertir lo que antes era el porcentaje de IVA en un beneficio adicional.

Una buena noticia para todos los autónomos es la reducción de la carga administrativa, ya que desaparecería la obligación de las declaraciones trimestrales y anuales del IVA.

¿Cuándo se pondrá en marcha el IVA franquiciado para los autónomos?

El nuevo régimen de franquiciado, que como hemos comentado ya está en marcha en todos los países de la Unión Europea, entrará en vigor en España en 2025.

La Directiva europea 2020/285, entró en vigor el 18 de febrero de 2020, y permite eliminar la obligación para los autónomos de presentar la liquidación del IVA siempre que facturen menos de 85.000 euros al año.

Tanto las asociaciones de autónomos como Hacienda han mantenido diversas reuniones para que el próximo año entre en vigor esta medida.

Temas
Comentarios cerrados
Inicio