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El Plan de Lucha contra el Fraude aumenta el control de las actividades en módulos y toma otras medidas

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Se aprobó ayer por el Consejo de Ministros el nuevo Plan de Lucha contra el Fraude con el que se quiere plantar batalla a la evasión fiscal y la economía sumergida. Este plan incluye varias medidas como la ya comentada prohibición de los pagos en efectivo en operaciones de importe superior a 2.500 euros, pero también incorpora una exclusión del régimen de módulos, la obligación de comunicar cuentas, valores o propiedades en el extranjero, etc.

Pendientes de la publicación en el BOE del texto completo en el que podamos ver la manera de instrumentalizar estas medidas para poder hacer una evaluación de las mismas, vaya por delante que el control del fraude y la economía sumergida es esencial en un país en el que las estimaciones cifran que el impacto de las operaciones opacas suponen unos 85.000 millones de euros. Eso sí, la idoneidad de esta nueva regulación la veremos cuando se conozcan los resultados de la misma.

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Año nuevo, obligaciones nuevas

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billetes_500El pasado 5 de septiembre se aprobó el R.D. 1065/2007. Este decreto aprueba el Reglamento General de Inspección y Gestión de la AEAT así como el desarrollo de las normas comunes para la áplicación de los tributos. Las novedades más importantes que dicho decreto trae para el ejercicio que comenzamos son varias, y le repercuten a las declaraciones que presentemos en el ejercicio 2009. Por su repercusión, destaco las siguientes:


  • En el modelo 347; la declaración informativa de operaciones con terceras personas, deberemos reflejar los importes recibidos en efectivo superiores a 6.000 €.

  • Los obligados que tengan que presentar autoliquidaciones de IVA o sociedades por vía telemática, es decir todas las sociedades limitadas o anónimas, tienen que adjuntar una copia de los libros de registro de facturas expedidas y recibidas con dichas declaraciones.

  • Se amplia el plazo de inspección a 24 meses.


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