Aprobada la Ley de Emprendedores, éstas son las principales medidas

Aprobada la Ley de Emprendedores, éstas son las principales medidas
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Casi año y medio después de lo prometido el Gobierno ha aprobado el ante-proyecto de ley de apoyo a la actividad emprendedora. La llamada Ley de Emprendedores deberá pasar primero el trámite parlamentario antes de su aprobación definitiva y entrada en vigor, trámite en el que podría ser modificada.

Sobre el contenido, prácticamente todas las medidas anunciadas ya eran conocidas de antemano. Con todo el tiempo que se lleva rumoreando su contenido era difícil que hubiera sorpresas, estas son las principales medidas.

Nuevos tipos de empresa y agilidad en su creación

Se crea la figura del autónomo de responsabilidad limitada, por la que se protege una parte del patrimonio del autónomo en caso de fracaso empresarial. Los autónomos no responderán de las deudas derivadas de su actividad empresarial con su vivienda habitual hasta un límite de 300.000 euros.

Además se creará un sistema que permitirá al autónomo asumir las deudas contraidas, la llamada segunda oportunidad. Habrá cambios en la Ley Concursal (que se reformó hace relativamente poco) para establecer un mecanismo extrajudicial de pago de deudas.

Se crea también la sociedad limitada de aportación sucesiva. Que permitirá constituir una sociedad sin aportar en el acto su capital, pudiendo realizarse dicha aportación posteriormente.

Se pondrá en funcionamiento el portal emprender en 3, que facilitará los trámites de constitución con las diferentes administraciones para, de una forma unificada, poder cumplir con las exigencias de cada una de ellas en estos aspectoc.

Novedades fiscales

Se aprueba la entrada en funcionamiento el 1 de enero de 2014 del criterio de caja en el IVA, al que podrán acogerse las empresas con un volumen de operaciones que no supere los dos millones en un año. No podrán acogerse a este sistema las empresas acogidas a los regímenes especiales simplificados, el oro de inversión o los servicios prestados por vía electrónica. Con este sistema el plazo para ingresar el IVA del ejercicio finalizará el 31 de diciembre, aunque aún no se haya cobrado. Lógicamente el derecho a deducciones del Impuesto también se aplicará en el momento del pago.

Las empresas podrán aplicar una deducción del 10% en el Impuesto de Sociedades por los beneficios reinvertidos en la actividad. Además los autónomos en pluriactividad, que también cotizan en el Régimen General, tendrán una bonificación del 50% de su cuota del RETA.

Los inversores de proximidad, business angels, que decidan financiar a una empresa tendrán un incentivo en el IRPF del 20% de la cuota estatal por las cantidades que aporten, además se les exime de tributar por las plusvalías si éstas se reinvierten en otra empresa.

Conclusión

Iremos desgranando cada una de ellas, analizando el impacto que pueden tener en la actividad empresarial y la efectividad de las mismas. Hay medidas positivas y otras que pueden parecerlo pero no son tanto.

De todas formas volvemos a recordar que éstas no son definitivas y pueden modificarse o, incluso, ampliarse. De todas formas esperemos que la entrada en vigor de las mismas no se retrase mucho más.

En Pymes y Autónomos | Rajoy anuncia el criterio de caja para las pymes y más medidas Imagen | La Moncloa

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