Primera sentencia contra el canon de la SGAE

Primera sentencia contra el canon de la SGAE
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Acaba de darse a conocer la primera sentencia contra el canon de la SGAE, que aplica de esta manera la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE que declaró ilegal este canon en vigor en nuestro país.

En concreto, la Audiencia de Barcelona acaba de dictar una sentencia que absuelve a la tienda de informática Padawan de pagar el gravamen que le exigía la SGAE por la venta de soportes digitales, la SGAE reclamaba a esta tienda 16.759 euros. La sentencia reconoce el derecho de la SGAE a aplicar el canon sobre las ventas de soportes digitales a particulares, pero no a empresas y profesionales, pero la Audiencia exime a Padawan de cualquier pago por considerar que "resulta imposible calcular qué parte de ese material se destinaba a uso doméstico".

Padawan presentó varios recursos al Tribunal de Justicia de la UE consiguiendo que éste declarara no conforme al derecho comunitario la "aplicación indiscriminada" del canon. Esta declaración implica que la aplicación del canon no es procedente en equipos, aparatos y soportes que no se hayan puesto a disposición de usuarios privados y estén reservados a usos distintos a la realización de copias privadas. La sentencia fue dictada el pasado mes de octubre.

Ahora la Audiencia de Barcelona ha absuelto a Padawan de todas las reclamaciones que planteaba la Sociedad General de Autores en base a esta resolución del Tribunal Comunitario. La sentencia es firme y además condena a la SGAE a pagar las costas del proceso.

A pesar de tener conocimiento de la sentencia del Tribunal de la UE sobre la improcedencia del canon en determinadas circunstancias, tanto la SGAE como el Gobierno han seguido manteniendo la aplicación de este canon sobre todo tipo de soportes. Resulta evidente que la doctrina de los tribunales es clara y desde este momento se puede abrir la veda a este tipo de recursos.

¿Seguirá dispuesta la SGAE a gastar sus fondos en costas judiciales sabiendo que no tiene razón en sus reclamaciones? ¿Servirá esto para aplicar la norma comunitaria y no intentar saltarsela a la torera enrocándose en un supuesto derecho de los autores a cobrar por la utilización de esos soportes sin tener en cuenta que el uso de los mismos pueda ser profesional? Me temo que no y que seguiremos viendo más noticias como ésta.

Vía | El Economista En Pymes y Autónomos | Pub gana litigio a la SGAE por la utilización de música "creative commons" Imagen | Andrés Rueda

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