Ley de vivienda: Explíquemela como si tuviera cinco años

Ley de vivienda: Explíquemela como si tuviera cinco años
Sin comentarios
HOY SE HABLA DE

Te soy franca, lector, escribir sobre la Ley de vivienda no es fácil. La frase de Denzel Washington interpretando a un abogado: "Explíquemelo como si tuviera cinco años" en el drama Philadelphia, ha acudido a mi mente.

Después de leer titulares de toda índole, voy a tratar de trasladar qué es, qué implica y por qué se ha aprobado esta nueva norma. No creo que sea relevante, pero no tengo vivienda propia por lo que entenderás que a mí también me interesa conocerla a fondo.

Ley de la vivienda y  zonas tensionadas: ¿De qué estamos hablando?

A menudo, los medios de comunicación utilizan términos como si el común de los mortales los empleara en el desayuno a diario; zona tensionada es uno de ellos. ¿A qué se refieren?

Son zonas donde el precio del alquiler o de la vivienda es desproporcionado. Es decir, lugares en los que se ha producido un incremento sostenido en los precios de los alquileres en los últimos años, provocando un esfuerzo financiero en los hogares.

La declaración de zona tensionada se dará si:

  • Ese esfuerzo económico supera el 30% de la renta media
  • Si los precios han aumentado al menos tres puntos por encima del IPC.

¿Quién se encargará de regular y controlar los precios en las zonas tensionadas? Las comunidades autónomas durante tres años.

Cambios que afectan a los propietarios y a las viviendas vacías

Para empezar, el término propietario o "gran tenedor" se considerará a todo aquel titular de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados en la misma zona declarada como tensionada (si así lo solicita la comunidad autónoma)

Los ayuntamientos podrán aplicar un recargo en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en aquellas viviendas que permanezcan vacías durante más de dos años.

La penalización sería de al menos el 50%, hasta un máximo del 150% en función del número de viviendas desocupadas que sean del mismo titular. Será responsabilidad de las comunidades autónomas informar al Ministerio de Transportes del número de viviendas vacías que haya en su territorio.

Los propietarios prefieren vender a alquilar gracias a la nueva Ley de vivienda

¿Qué mueve a un propietario que pensaba alquilar a vender? Para empezar, hablamos de pequeños propietarios que son los que representan al 95% de la oferta que hay en el mercado.

La Federación Nacional de Asociaciones Inmobiliarias (FAI) avisa de que se está produciendo un traspaso hacia otras modalidades de arrendamiento o hacia venta y la nueva Ley de vivienda es la causante.

El presidente de FAI, José María Alfaro, ha lamentado que las "prisas electorales" hayan dado luz verde a una ley que, lejos de atajar de raíz el grave problema que existe en España con el alquiler de vivienda, lo agravará, ya que está causando mucha "incertidumbre" entre los arrendadores.

Falta de vivienda pública, se anuncia pero no llega

Desde el Gobierno oímos con frecuencia la intención de aumentar el parque público de la vivienda hasta el 20%, pero la realidad es que la vivienda privada es mucho mayor en España que la pública.

La vivienda pública ocupa sólo el 2,5 % del total de construcciones del país muy por detrás de la medio de la Unión Europea (9,3%)

Desde Unidas Podemos se ha insistido en imponer topes al alquiler turístico en zonas tensionadas, pero esta norma no aparece en la Ley de vivienda. La medida no fue incorporada porque se trata de una competencia exclusivamente autonómica.

Sin embargo, para decidir qué zonas son o no tensionadas, las comunidades autónomas sí contarán con toda la autoridad sin problema alguno.

Protección contra desahucios

Estos los tres puntos que aparecen respecto a los desahucios en la Ley de vivienda:

  • Mejoras para garantizar una comunicación efectiva entre el órgano judicial y los servicios sociales que logre, así, una atención rápida a las personas en situación de vulnerabilidad
  • Soluciones habitacionales para los afectados y, mientras estas soluciones llegan, ampliación de los plazos de suspensión de los lanzamientos
  • Cuando el demandante sea "gran tenedor" y la demanda de desahucio afecte a personas vulnerables, deberá acreditarse la aplicación de un procedimiento de conciliación o intermediación

Querido lector, no sé si tienes más claras las ideas tras leer el artículo. La sensación que me queda es que tanto inquilinos como propietarios no parecen pegar saltos de alegría con esta nueva Ley de vivienda.

Temas
Comentarios cerrados
Inicio