La presentación de la demanda por parte de Hacienda, en caso de delito fiscal, no interrumpe el plazo de prescripción

La presentación de la demanda por parte de Hacienda, en caso de delito fiscal, no interrumpe el plazo de prescripción
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Cuando Hacienda interpone una demanda o denuncia ante los Tribunales por un presunto delito fiscal, el simple acto de la interposición de esa demanda no interrumpe el computo del plazo de prescripción del presunto delito, sino que es necesario un acto de interposición judicial contra el presunto culpable para que esa interrupción sea efectiva.

Una sentencia del Tribunal Constitucional, de fecha 15 de noviembre de 2010, resuelve de esta manera un recurso de amparo presentado por unos contribuyentes condenados por la Audiencia Provincial de Madrid como autores de un delito contra la Hacienda Pública.

La sentencia de la Audiencia había apreciado conveniente el hecho de que la simple denuncia de los hechos tuviera valor para interrumpir el cómputo del plazo de la prescripción para exigir la responsabilidad derivada de los delitos y faltas cometidos.

Sin embargo, la ponente del TC, la magistrada Pérez Vera, manifiesta que la doctrina constitucional en relación a la prescripción del delito establece que "es necesario un acto del órgano jurisdiccional para entender interrumpida la prescripción conforme al tenor del artículo 132.2 del Código Penal (que regula el instituto de la prescripción), no bastando la mera interposición de la denuncia o querella" y así queda de manifiesto en las sentencias 63/2005, de 14 de marzo, la 29/2008, de 20 de febrero o la147/2009, de 15 de junio.

El fallo del Constitucional sigue diciendo que "es doctrina de este Tribunal que la querella o denuncia de un tercero es una solicitud de iniciación del procedimiento, pero no un procedimiento ya iniciado", por lo que ese acto no sirve para interrumpir el cómputo del plazo de prescripción.

Los delitos fiscales prescriben a los 5 años, entendemos que es margen suficiente para la detección y puesta a disposición de la Justicia de los hechos que puedan ser constitutivos de delito, sin necesidad de exprimir al máximo estos plazos y con el riesgo de que éstos prescriban una vez presentada la denuncia.

En Pymes y Autónomos | Nuevo plazo de prescripción del delito fiscal Imagen | blmurch

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