Insultar al jefe sale casi gratis

Insultar al jefe sale casi gratis
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In dubio pro labore. Creo que es un principio básico que todo empresario, que todo profesional, debería conocer. Se trata de uno de los que impulsan la normativa laboral y su aplicación judicial y administrativa. Y más vale que sea tenido en cuenta para que luego nadie se lleve sorpresas. Para los que no seáis amigos del latín deciros que su traducción viene a ser que en caso de duda hay que estar a favor del trabajador. Así de sencillo.

Pero, ¿ de qué duda? No nos estamos refiriendo, como ocurre en el Derecho Penal a una duda probatoria. Es, a mi juicio, bastante más duro. Es una duda interpretativa. Y es que a la hora de interpretar una norma, y ante una duda razonable, hay que elegir siempre la opción más favorable al trabajador (y por ende la más desfavorable, si hay un conflicto de intereses, para el empresario). Digamos que en el Derecho laboral, lo de la imparcialidad y demás como que no se lleva mucho, siendo uno de los faros de la llamada discriminación positiva (discriminación a fin de cuentas). Se busca restaurar a través de las herramientas jurídicas un supuesto desequilibrio entre empresa y empleado, lo que nos acaba conduciendo a estos eriales. Y si no, ya me contará alguien cómo es posible que insultar gravemente a un jefe salga casi gratis en el mundo laboral.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 10 de febrero de 2009. Recientita. Un empleado llama loco e hijo de puta a su jefe. El Tribunal reconoce que podría interpretarse que estamos dentro del 54.2 del Estatuto de los Trabajadores que reconoce como causa de despido disciplinario las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos. Pero dice que hay que entender el contexto, que hay que superar una interpretación gramatical. Sostiene la Sala que estas expresiones son de uso corriente en determinados ambientes, especialmente en las discusiones (parece ser que había un tema de comisiones por medio. Por tanto le parece excesivo considerar dichas frases como un maltrato o una falta de respeto o consideración, que es lo que el Convenio Colectivo de dicho sector considera, en linea con el 54.2 como causa de despido. El despido se califica como improcedente.

Ya . Que te llamen loco o hijo de puta no les parece una falta de respeto o consideración. Ya. Que hay que entender el contexto. Ya. Me gustaría ver que pasaría si el empresario se dirigiese a ellos con esos mismos términos al conocer la sentencia. Digo yo que habría que comprenderle no, que total esto es una discusión, y que ya sabemos, que en determinados ambientes la cosa se ha degradado mucho. Seguro que se lo hubiesen tomado bien. ¿O quizás me equivoco?.

Vía | Expansión
En Pymes y autónomos | Marketing con mal gusto: insultos a cambio de cañas, Usar el móvil ¿Puede ser causa de despido?
Imagen | szelea

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