El final de la ultraactividad tiene fecha, el ocho de julio

El final de la ultraactividad tiene fecha, el ocho de julio
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El ocho de julio del pasado año se aprobó la última reforma laboral. Entre las medidas que se incluían en esta nueva normativa se encontraba la aplicación limitada de la ultraactividad, sistema por el que una vez vencido un convenio colectivo, si no se firma un nuevo acuerdo, éste queda automáticamente prorrogado.

Será el próximo ocho de julio cuando esta medida entre en vigor plenamente, ya que este periodo de prórroga se limitó a un año ¿Qué significa ésto? Pues que si patronal y sindicatos no llegan a un acuerdo el convenio deja de tener efecto, lo que llevaría a aplicar uno de rango superior, aplicándose las normas que rigen en éste.

Si el convenio vencido es de empresa se pasaría a uno sectorial, si es sectorial provincial se pasaría al autonómico y de éste al estatal. En caso de no existir un acuerdo en vigor sólo quedaría acogerse al Estatuto de los Trabajadores.

Esta situación puede complicar aún más las relaciones laborales, no tanto por un aumento de la conflictividad y la posible pérdida de los derechos de los trabajadores sino porque es muy probable que se judicialicen más las relaciones empresas-trabajadores.

¿Hasta que punto podría supone la derogación de un convenio una merma de los derechos adquiridos? Es más que habitual que una vez que, bien por medio de determinadas normas como por medio de la costumbre, se establecen ciertos derechos, éstos no pueden ser eliminados unilateralmente.

Por tanto todas aquellas medidas que se incluían en los acuerdos de negociación colectiva anteriores es más que posible que no puedan ser eliminadas. Es poco probable que se produzcan recortes salariales o que se puedan modificar condiciones de trabajo otorgadas por anteriores acuerdos por el hecho de que el convenio desaparezca y si esto se aplica seguramente tendrán que ser los Juzgados de lo Social los que decidan su procedencia.

Por tanto estamos ante una nueva muestra de la inseguridad jurídica que se extiende en la actividad empresarial. El exceso de leyes trae mayor incertidumbre y la incompetencia del legislador sólo sirve para aumentar la carga de trabajo de los jueces.

En Pymes y Autónomos | Se rebaja la ultraactividad de dos a un año Imagen | Monmar Comunicació

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