¿Se podría anular la subida de las retenciones a profesionales?

¿Se podría anular la subida de las retenciones a profesionales?
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La respuesta es sí, de hecho ya ocurrió en el pasado. En 1999 uno de los gobiernos de Aznar elevó el porcentaje de retención de los profesionales al 20%, en el año 2000 una sentencia del Tribunal Supremo anuló esa subida por anticonstitucional, llegando a calificarla de confiscatoria. Ante esto sí se podría llegar al caso de que se anule la subida de las retenciones a profesionales aprobada el pasado viernes.

Las circunstancias del caso del año 1999 era prácticamente las mismas que las de ahora. Ante la decisión del Ejecutivo de entonces, el Colegio de Abogados de Barcelona presentó un recurso que fue admitido y sirvió para que, a través de la sentencia 6626/2000 de la Sala Tercera del Supremo, se anulara esa decisión.

Básicamente el fondo de la cuestión y lo que posibilitó la anulación fue que la subida vulneraba el principio de igualdad, porque no tenía en cuenta, a diferencia de los rendimientos del trabajo, las circunstancias personales y familiares.

Para el cálculo de las retenciones a aplicar a los trabajadores por los rendimientos del trabajo se tienen en cuenta las circunstancias personales de los mismos. De esta forma se adapta la retención a aplicar con el tipo impositivo que le corresponde en el IRPF del contribuyente.

En el caso de las actividades empresariales ésto se solventa con la aplicación del porcentaje del pago a cuenta sobre el rendimiento neto, por lo que la cantidad a ingresas se minora al aplicar los gastos deducibles de la actividad.

En el caso de las actividades profesionales no ocurre esto y de hecho en la anulación de la medida en el año 2000 se indicaba que la aplicación del nuevo tipo de retención suponía un gravamen del entorno del 50% sobre el rendimiento de la actividad, lo que comportaría efectos confiscatorios prohibidos por el artículo 31 de la Constitución Española ya que en la mayoría de los casos la cifra correspondiente a las retenciones superaría la propia cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del contribuyente.

Lo que está claro es que las circunstancias de entonces y las de ahora son prácticamente las mismas. Lo que hace pensar que si álguien recurre la medida las posibilidades de que ésta se anule son muy altas.

Lo "curioso" del caso es que en esa época Mariano Rajoy era Vicepresidente del Gobierno y Cristobal Montoro Ministro de Hacienda, lo que puede hacernos pensar que tienen muy poca memoria o que sabiendo que la subida era contraria a Derecho y que será anulada, tardará como mínimo un año en que se produzca dicha anulación y mientras tanto intentarán recaudar la mayor cantidad posible.

Vía | El Economista En Pymes y Autónomos | La subida de las retenciones a cuenta del IRPF para los profesionales Imagen | olgaberrios

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