Los propietarios pagarán en el IBI como suelo rústico terrenos urbanizables donde no se haya podido construir

Los propietarios pagarán en el IBI como suelo rústico terrenos urbanizables donde no se haya podido construir
1 comentario

    Para quien no sea titular de un inmueble, aclarar antes que es el impuesto de bienes inmuebles (IBI). es un impuesto directo de carácter local que grava la titularidad y derechos reales que tengamos sobre cualquier bien inmueble, ya sea urbano, rústico o con características especiales.

    Para determinar la base imponible del impuesto, se toma el valor asignado por el Catastro según las distintas valoraciones y actualizaciones que se llevan a cabo por este organismo.

    Pero, ¿qué es el Catastro?, el Catastro Inmobiliario es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en el que se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. La inscripción en el catastro es obligatoria y gratuita a diferencia del Registro de la Propiedad.

    La descripción catastral de los bienes inmuebles incluye sus características físicas, jurídicas y económicas, entre las que se encuentran su localización, referencia catastral, superficie, uso, cultivo, representación gráfica, valor catastral y titular catastral.

    Está regulado por el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

    Sentencia del Tribunal Supremo relativa al impuesto sobre bienes Inmuebles (IBI)

    Según sentencia del Tribunal Supremo, si un suelo se ha recalificado pero no se ha podido construir en él, su dueño solo deberá pagar como si fuera rústico, algo que puede beneficiar a unos 900.000 propietarios que vieron como durante la pasada década los ayuntamientos recalificaron suelos rústicos a urbanizables, incrementando así el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).

    Miles de contribuyentes, desde campesinos hasta empresarios, han visto cómo su recibo del IBI se disparaba durante estos años aunque su terreno siguiera siendo un campo de cultivo, con esta sentencia se corrige esta injusticia que hacia que los recibos multiplicaran su valor hasta el punto de que en muchos casos el pago del IBI se hacia imposible, llevando a sus propietarios a perder sus propiedades.

    A la sentencia del tribunal supremo hay que añadir otra injusticia que se corrige con la reforma fiscal al considerar exentas del pago del IRPF las ganancias por la dación en pago, de aquellos ciudadanos que se han visto obligados a entregar sus hogares ante la incapacidad de poder hacer frente al pago hipotecario ya no tendrán que pagar este impuesto.

    En Pymes y Autónomos | ¿Todos pagamos el IBI?

    Imagen | jacilluch

    Temas
    Comentarios cerrados
    Inicio