Estos son los principales modelos fiscales que debe presentar un autónomo en un ejercicio

Estos son los principales modelos fiscales que debe presentar un autónomo en un ejercicio
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A lo largo de un ejercicio fiscal, son muchas las obligaciones administrativas que tienen que asumir los autónomos en el ejercicio de su actividad, especialmente las fiscales. Como trabajador por cuenta propia, hay unos modelos que son de obligado cumplimiento para todos los autónomos, con independencia de su actividad, y otros más específicos, que dependen de ciertas circunstancias.

A continuación, te explicamos los principales modelos fiscales que tiene que presentar un autónomo durante un año.

Modelo 303

El modelo 303 es un documento trimestral que se utiliza para presentar la autoliquidación del IVA. Es, por tanto, el pago fraccionado del IVA, y que se calcula como la diferencia entre el IVA repercutido de las ventas de un negocio y el IVA soportado por las compras.

En general, todos los autónomos o empresarios que desarrollen una actividad mercantil están obligados a presentar el modelo 303. La mayoría de los profesionales deberán hacerlo de forma trimestral, entre el 1 y el 20 del mes posterior al del último trimestre, aunque algunos de ellos, los que estén acogidos al REDEME, lo harán de manera mensual.

Modelo 390

El modelo 390 es otro documento obligatorio para las pymes y autónomos. Es un modelo que se presenta de manera anual, al cierre de cada ejercicio fiscal, y representa el resumen anual del IVA. Es un modelo meramente informativo y complementario al 303, y en él se detallan todas las operaciones realizadas por un autónomo o pyme durante el ejercicio.

Desde la entrada en vigor el 1 de enero de 2017 del Suministro Inmediato de Información (SII), las grandes empresas, grupos de IVA y aquellas empresas inscritas en el REDEME no tienen la obligación de presentar el modelo 390, ya que Hacienda ya dispone de sus libros de registro del impuesto.

Modelo 130

El modelo 130 es el documento que se utiliza para presentar ante Hacienda la autoliquidación del pago fraccionado del IRPF. Se usa para abonar las retenciones a cuenta del IRPF para los autónomos, en el caso de aquellos trabajadores que no puedan aplicar las retenciones en las facturas.

Al igual que ocurre con el modelo 303, se presenta de manera trimestral y en las mismas fechas que este documento.

Modelo 100

El modelo 100 es el que se presenta al hacer la declaración de la renta. Supone la regularización de la situación personal y familiar del contribuyente, y los autónomos deberán declarar mediante este modelo los rendimientos de actividades económicas obtenidos durante el ejercicio.

El plazo de presentación va desde abril hasta junio del año posterior al ejercicio que se declara, y con carácter general, todos los autónomos deberán presentarlo, salvo que obtengan rentas por cuantía inferior a los 22.000 euros con un pagador o 14.000 euros con varios pagadores.

Modelo 349

A través del modelo 349, las pymes y los autónomos informan a Hacienda de aquellas operaciones intracomunitarias de entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas durante el ejercicio fiscal correspondiente.

Se presenta de manera mensual antes del día 20 del mes inmediatamente posterior al correspondiente periodo mensual. En principio, todos los autónomos que hayan efectuado operaciones intracomunitarias adquieren la obligación de notificárselas a Hacienda a través del modelo 349.

Modelo 115

Mediante el modelo 115, los autónomos tienen que ingresar las retenciones correspondientes a los alquileres de los cuales se benefician. Solo se debe presentar el modelo 115 cuando sean inmuebles urbanos, y están obligados a presentarlo todos aquellos empresarios individuales, profesionales o sociedades que paguen alquileres por sus locales u oficinas

El modelo 115 se presenta de manera mensual en el caso de grandes empresas, y trimestralmente para el resto de los obligados. En este último caso, el plazo de presentación va desde el 1 al 20 de los meses de abril, julio, octubre y enero. El arrendatario además tiene la obligación de presentar el resumen anual con el modelo 180 y expedir un certificado de retenciones.

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