Recuperar un efecto comercial

Recuperar un efecto comercial
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En su día dedicamos una serie de posts a una de las figuras clásicas de la financiación empresarial, y más concretamente de la financiación del circulante: el descuento comercial. Es difícil entender la historia financiera de las empresas en este país sin hacer referencia a conceptos como la letra de cambio, el pagaré, las lineas de descuento, la Norma 58 o Anticipo de crédito en Soporte Magnético, etc…

Pues bien, entre los muchos conceptos, técnicas, y figuras que se asocian al descuento de efectos comerciales, hay uno que no habíamos tocado, o al menos no le habíamos dedicado un espacio propio: la recuperación de efectos comerciales. En definitiva, en qué consiste recuperar una letra, un recibo, por qué lo hacemos, cuales son sus costes y que debemos tener en consideración.

La recuperación de un efecto comercial que hayamos descontado supone retirarlo del Banco, acudir al mismo y decirle que deseamos deshacer la operación de descuento comercial. Vamos, que aquí no ha pasado nada, o casi. El Banco me devuelve el efecto físico, o da de baja el efecto electrónico, me carga en cuenta el importe correspondiente y cada uno para su casa.

¿Y por qué vamos a recuperar un efecto? Básicamente se me ocurren tres razones:

  • Hemos detectado un error en la facturación y giro del efecto, y debe ser corregido. El importe, el plazo, etc no se corresponden con lo acordado.
  • Repentinamente, estamos muy sobrados de liquidez, nos ha entrado un partida de tesorería golosa. Hacemos números y dado los tipos de descuento y plazos de los efectos, nos conviene recuperar los mismos para maximizar nuestra gestión financiera.
  • El cliente nos indica la necesidad de renegociar el plazo, bien debido a que no le viene bien, bien debido a que fruto de la negociación comercial, de nuevos pedidos, se ha pactado así, incluso para el riesgo vivo.
  • Somos conscientes de que el efecto va ser impagado, y queremos evitar los costes de una devolución. En ocasiones, se trata de una mera sospecha, como cuando hacemos seguimiento de un efecto, y a escasos días de limite para domiciliarlo, nuestro cliente sigue sin hacerlo.
  • Se trata de una versión de peloteo de letras, de papel de colusión, pésimamente ejecutada.

¿Qué costes tiene? En la reliquidación que se produzca como fruto de la recuperación del efecto se producirá un juego de cargos y abonos que, normalmente, va a nuestro favor: por un lado nos cargaran el nominal del efecto recuperado, y por otro nos abonaran los días de financiación que, frente a la liquidación original, no hemos consumido. Pero además, debemos tener en cuenta que en algunas entidades financieras estas prácticas conllevan una comisión por efecto, una cantidad alzada o un porcentaje. Además, la recuperación se solicita en un plazo muy cercano al vencimiento (aprox. menos de 15 días), es habitual que se considere y trate como una devolución, con su fuerte comisión correspondiente (entre un 5% y un 6%, p.ej.)

Debemos tener en cuenta que las entidades se mosquean , y mucho, cuando el indice de efectos recuperados de una cuenta es elevado. Y el motivo fundamental es, como ya hemos señalado, su sospecha de que puedan estar ante el giro de papel pelota. Conviene que nuestros gestores comerciales en los Bancos conozcan los verdaderos motivos por los que se acude esta práctica, y que la justifiquemos siempre.

En Pymes y autónomos | Operativa financiera con la Letra de Cambio: Descuento Comercial vs. Gestión de Cobro , Descontando letras: liquidación de efectos comerciales (I), Descontando letras: liquidación de efectos comerciales (II)
Imagen | J&R Moviola

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